CONGRESO NACIONAL - CHILE


Información de la Cámara

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COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL

Las comisiones conocerán de los proyectos de ley y materias que les sean enviados al darse curso a la cuenta. Se tendrá en consideración para esto la especialidad de cada una de ellas.

Reglamento
(Artículo 217)

La distribución a las distintas Comisiones de los asuntos de que deben conocer, se efectuará atendiendo a la especialidad de la materia que tratan.

Reglamento
(Artículo 27)

Integrantes - Distribución por partidos -
Distribución por distrito
- Distribución por sexo - Contáctese con la Comisión
Integrantes - Distribución por partidos -
Distribución por distrito
- Distribución por sexo - Contáctese con la Comisión