LA CONDUCCIÓN POLÍTICA DE LA DEFENSA; UNA APROXIMACIÓN CONCEPTUAL
Miguel Navarro Meza
16 de julio de 2003
La conducción política de la defensa, en su esencia y primariamente, constituye la ejecución de la facultad de gobierno que compete a la autoridad administrativa en la consecución de los asuntos públicos, aplicada al sector defensa y a la función respectiva. Es además, el eje central de ordenación de las relaciones político-militares.
No obstante su importancia, la conducción política de la defensa, conceptualmente, ha sido comparativamente poco tratada en el medio local y regional. Los esfuerzos intelectuales en este sentido se han concentrado en el estudio de la conducción política de la guerra, lo que, desde luego, tiene razonables justificaciones históricas. Alternativamente, se asimila la conducción de la defensa sólo al conjunto de disposiciones constitucionales y legales que regulan formalmente las relaciones entre el poder político y el estamento militar. Esta aproximación, siendo válida, es insuficiente; la conducción de la defensa se ejecuta en los niveles mas altos de la política doméstica e internacional del Estado y su sanción jurídica es el paso final en su proceso de estructuración formal.
En la perspectiva organizacional, la conducción política de la defensa es una actividad permanente del Ejecutivo que abarca i) la dirección superior de la organización de la defensa, es decir del conjunto de instituciones y agencias que ejecutan materialmente la función, y ii) la ejecución de la función de defensa, dentro de las competencias y potestades de dirección que competen al nivel político.
Por otra parte, en lo que dice relación con su contenido, la conducción de la defensa cubre los siguientes aspectos:
A.- Definir y conducir la relación política primaria entre el Gobierno y las fuerzas militares. Esto implica, en primer lugar, la definición de la actitud del Gobierno hacia la defensa y las fuerzas armadas, la que está determinada por consideraciones ideológicas, políticas o filosóficas del grupo que ejerce legítimamente el poder. En segundo lugar, implica la capacidad del Ejecutivo de contener y encausar las divergencias, rivalidades o conflictos que se produzcan entre las distintas fuerzas las que son casi inevitables y, a veces, útiles o necesarias.
B.- Definir y ejecutar la Política de Defensa. La Política de Defensa es el instrumento primario de ejecución de la función de defensa. Es definida por el Ejecutivo en el punto de interacción entre la política doméstica y la política internacional del Estado y, como tal, constituye el componente militar del posicionamiento del país en el Sistema Internacional. Luego de su definición, compete al Gobierno ejecutar tal política, dentro de sus potestades de dirección superior, reservándose a las fuerzas militares las competencias exclusivas y excluyentes propias de su ejecución material.
C.- Aprobar la estrategia militar nacional y supervisar su conducción. La ejecución material de la función de defensa es primariamente una responsabilidad exclusiva de las fuerzas militares, lo que incluye la definición de la estrategia militar del país. Su aprobación sin embargo, es una responsabilidad de la autoridad política en cuanto es ésta la que responde en definitiva de la correcta ejecución de la función. Además, la estrategia nacional incide directamente en la forma como el país se posiciona en el Sistema Internacional, lo que es una cuestión fundamentalmente política.
D.- Proveer y asignar los recursos financieros de la defensa. Este es casi el único cometido relevante de la conducción de la defensa que no es responsabilidad exclusiva del Ejecutivo. Prácticamente toda forma de poderío militar es costosa y la defensa, como función pública, compite con las demás funciones que corresponden al Estado, algunas de las cuales son más apremiantes o políticamente más rentables. Corresponde entonces al Ejecutivo y al Congreso, conjuntamente, ponderar, priorizar y asignar los recursos públicos para la función de defensa. En la mayoría de los sistemas comparados esto incluye la provisión de los sistemas de armas y demás pertrechos fundamentales para que las fuerzas armadas puedan ejecutar materialmente la función de defensa.
E.- Resolver y dirigir el empleo de medios militares como instrumentos de política interior del Estado. Este es un cometido diríase tradicional de la función de defensa, que ha adquirido considerable importancia en la Postguerra Fría. Es un componente específico y aplicado de la Política de Defensa y es responsabilidad directa del Ejecutivo, como parte del diseño general de inserción del país en el Sistema Internacional, el que incluye además, elementos políticos, diplomáticos, económicos y valóricos.
La conducción política de la defensa se ejecuta por medio de una agencia gubernamental del más alto nivel, el ministerio o la secretaría de defensa, que debe tener la estructura y potestades adecuadas para cumplir su cometido fundamental. En tal sentido, debe tener al menos las siguientes características básicas: i) una jerarquía real que asuma la condición relevante de la función de defensa, ii) una capacidad material y jurídica de decisión acorde con su cometido, lo que implica una alta capacidad en los niveles político y político - estratégico, y iii) una estructura capaz de soportar las responsabilidades, y los avatares, de la conducción de la función de defensa y de la relación política primaria entre el Ejecutivo y las fuerzas militares.
En síntesis, la conducción de la defensa es una actividad propia de la función de gobierno que compete al Ejecutivo y que es de naturaleza esencialmente política. Tal cometido requiere de capacidades decisionales de alta calidad que generen una genuina colaboración entre el nivel político y el estamento militar, dentro de las competencias exclusivas de cada uno, de modo de ejecutar en plenitud la función de defensa, una de las cuatro funciones básicas de toda sociedad organizada.
Fuente:
Artículo publicado en el Portal de la ANEPE
http://www.anepe.cl