DERECHOS HUMANOS Y DEFENSA EN ARGENTINA
Jaime Garreta*
Agosto 2008
La reflexión sobre la problemática de los derechos humanos en del ámbito del
Ministerio de Defensa, era una asignatura largamente pendiente de todos los
gobiernos constitucionales argentinos, desde la recuperación de la democracia, en
1983. Más allá de los juicios a las juntas militares llevados adelante durante la administración
de Raúl Alfonsín, generar una política de derechos humanos aplicada a
la defensa nunca había surgido como idea.
Desde el inicio del gobierno de Kirchner, por primera vez en la historia argentina,
el tema de los derechos humanos y la memoria cobró vigor e importancia,
atravesando también las políticas públicas vinculadas al ámbito socio-económico,
a la educación, a la justicia, y a la seguridad pública.
Si bien la responsabilidad primaria en la temática, dentro de las jurisdicciones
del Estado, corresponde a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación
(dependiente del Ministerio de Justicia), se vio la necesidad e importancia de crear
un espacio propio, dentro del Ministerio de Defensa, que se ocupara del tema,
para su aplicación específica a los problemas concretos de las Fuerzas Armadas.
Así, a través del decreto presidencial 825, del 13 de julio del 2005, se habilitó
a la Secretaría de Asuntos Militares del Ministerio de Defensa a:
-Intervenir en la instrumentación y difusión de las normas del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en el área de su competencia.
-Intervenir en la orientación y la formulación de los planes de capacitación que deben llevarse a cabo en el ámbito de las Fuerzas Armadas, para el afianzamiento y desarrollo del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
-Intervenir en la formulación de los asesoramientos y en la elaboración de los informes relativos a las causas referidas a personal militar, que se tramiten ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, u otros comités o comisiones creadas en virtud de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.
-Intervenir en la problemática de los derechos humanos vinculada con las Fuerzas Armadas.
Las actuaciones de la Secretaría referidas a derechos humanos, se realizan en
forma coordinada con las facultades que en esta materia corresponden a la
Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
y al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
En concurrencia a la creación de este nuevo ámbito dentro del Ministerio, se
comenzó a realizar la reformulación del sistema de justicia militar, con la intención
de derogar el viejo Código de Justicia Militar de 1951, considerado incompatible
con la Constitución Nacional y con los tratados internacionales incorporados
en la reforma de la misma en 1994. En 2005, el Estado argentino había asumido
ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el compromiso
de derogar el viejo Código de Justicia Militar. El Ministerio de Defensa inició
un trabajo sobre el tema desde entonces, que incluyó consultas a especialistas
y miembros de la sociedad civil.
El debate se centró en la incorporación de nuevas figuras penales (tales como
acoso sexual y discriminación); y en la eliminación -por obsoletas- del calabozo
y el confinamiento. Se planteó asimismo, que los militares sometidos a proceso
por delitos militares tengan las mismas garantías judiciales que cualquier ciudadano,
ante la Justicia civil. Se avanza en la idea de reafirmar la condición de ciudadanos
plenos para los integrantes de las fuerzas armadas, quienes actualmente
no cuentan con esos derechos elementales por su condición de militares.
En abril de 2007, el Gobierno envió al Congreso Nacional el proyecto de ley
de reforma del Código. El proyecto presentado planteó entre otras cuestiones, el
tratamiento de los delitos militares en el fuero federal, la eliminación de la pena
de muerte, el rediseño del sistema disciplinario y la creación de un servicio de
justicia común a todas las Fuerzas, para permitir la vigencia de idénticos derechos
y garantías para todos los ciudadanos (en este caso, militares), tal como lo establece
la Constitución Nacional.
La reforma del sistema de justicia militar, incluye el relevamiento de los delitos
comunes que figuran en el antiguo Código, ubicando su correspondencia con
otros similares, ya contemplados en el Código Penal Ordinario. Incorpora en algunos casos un agravante para ciertos delitos, por la condición militar del autor. En
materia procesal, los procedimientos son los de la justicia ordinaria, y se establecen
procesos especiales para circunstancias de conflicto armado que impidan el
sometimiento a la justicia ordinaria de los delitos cometidos por militares. El proyecto
del Ejecutivo no contemplaba el tema de los tribunales de honor, pero el tratamiento
en la Cámara de Diputados agregó un artículo que elimina su existencia.
En materia disciplinaria, la reforma crea un nuevo código disciplinario, y prevé
la posibilidad de que los tribunales puedan imponer sanciones disciplinarias (además
de penas).
Las Fuerzas Armadas, por su parte, comprendiendo la importancia del abordaje
del tema de los derechos humanos en su oficialidad y cuadros intermedios,
comenzaron a organizar cursos y seminarios para empezar a reflexionar sobre el
tema. Ejemplo de ello han sido los cursos de capacitación organizados por la
Armada argentina, destinados también a oficiales jefe de las Fuerzas Armadas
sudamericanas.
Todas estas iniciativas, que promueven y apoyan la conducción civil de la
defensa, colaboran a un cambio de mentalidad en las Fuerzas Armadas, que permita
su mejor inserción en el sistema democrático de nuestro país. Otra cuestión
de especial importancia es la inclusión del tema de los derechos humanos en los
planes de estudio de los institutos de formación militar, proceso que ha comenzado
en los últimos años. El Ministerio de Defensa ha comenzado una revisión
profunda de los planes de estudio de las tres Fuerzas, a fin de aplicar los cambios
curriculares acordes a las nuevas temáticas.
El Estado argentino, entre otras obligaciones, tiene la responsabilidad de generar
políticas que busquen la eliminación de todas las formas de discriminación
dentro de la sociedad. En el caso de la mujer, su discriminación dentro de las
Fuerzas Armadas ha sido una constante, y estuvo fuera de la agenda del Ministerio
de Defensa hasta hace pocos años.
Esta situación ha comenzado a evolucionar favorablemente, al incorporarse
nuevas políticas que permitieran un mejor acceso de la mujer a distintas áreas de
las Fuerzas Armadas. En esta línea, en la reforma del sistema de justicia militar, se
ha incorporado la figura de acoso sexual como falta disciplinaria grave y gravísima,
de acuerdo a la situación jerárquica del que ejerce el acoso. También se han
modificado las condiciones de ingreso y permanencia en los institutos educativos
militares, permitiendo el acceso de mujeres embarazadas.
Finalmente, otra área que ha tomado interés en la conducción civil de la defensa
es la promoción de la capacitación de las Fuerzas Armadas en el Derecho
Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Esta capacitación es de especial importancia para el accionar responsable de los
oficiales y soldados en las misiones de paz, como por ejemplo en el ámbito de
MINUSTAH, misión en la cual Argentina participa activamente.
* Asesor, Senado de la Nación Argentina
Artículo publicado en la edición 2007 y actualizado para la presente edición