DERECHOS HUMANOS Y DEFENSA EN ARGENTINA

Jaime Garreta*
Agosto 2008


La reflexión sobre la problemática de los derechos humanos en del ámbito del Ministerio de Defensa, era una asignatura largamente pendiente de todos los gobiernos constitucionales argentinos, desde la recuperación de la democracia, en 1983. Más allá de los juicios a las juntas militares llevados adelante durante la administración de Raúl Alfonsín, generar una política de derechos humanos aplicada a la defensa nunca había surgido como idea.

Desde el inicio del gobierno de Kirchner, por primera vez en la historia argentina, el tema de los derechos humanos y la memoria cobró vigor e importancia, atravesando también las políticas públicas vinculadas al ámbito socio-económico, a la educación, a la justicia, y a la seguridad pública.

Si bien la responsabilidad primaria en la temática, dentro de las jurisdicciones del Estado, corresponde a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación (dependiente del Ministerio de Justicia), se vio la necesidad e importancia de crear un espacio propio, dentro del Ministerio de Defensa, que se ocupara del tema, para su aplicación específica a los problemas concretos de las Fuerzas Armadas.

Así, a través del decreto presidencial 825, del 13 de julio del 2005, se habilitó a la Secretaría de Asuntos Militares del Ministerio de Defensa a:

Las actuaciones de la Secretaría referidas a derechos humanos, se realizan en forma coordinada con las facultades que en esta materia corresponden a la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

En concurrencia a la creación de este nuevo ámbito dentro del Ministerio, se comenzó a realizar la reformulación del sistema de justicia militar, con la intención de derogar el viejo Código de Justicia Militar de 1951, considerado incompatible con la Constitución Nacional y con los tratados internacionales incorporados en la reforma de la misma en 1994. En 2005, el Estado argentino había asumido ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el compromiso de derogar el viejo Código de Justicia Militar. El Ministerio de Defensa inició un trabajo sobre el tema desde entonces, que incluyó consultas a especialistas y miembros de la sociedad civil.

El debate se centró en la incorporación de nuevas figuras penales (tales como acoso sexual y discriminación); y en la eliminación -por obsoletas- del calabozo y el confinamiento. Se planteó asimismo, que los militares sometidos a proceso por delitos militares tengan las mismas garantías judiciales que cualquier ciudadano, ante la Justicia civil. Se avanza en la idea de reafirmar la condición de ciudadanos plenos para los integrantes de las fuerzas armadas, quienes actualmente no cuentan con esos derechos elementales por su condición de militares.

En abril de 2007, el Gobierno envió al Congreso Nacional el proyecto de ley de reforma del Código. El proyecto presentado planteó entre otras cuestiones, el tratamiento de los delitos militares en el fuero federal, la eliminación de la pena de muerte, el rediseño del sistema disciplinario y la creación de un servicio de justicia común a todas las Fuerzas, para permitir la vigencia de idénticos derechos y garantías para todos los ciudadanos (en este caso, militares), tal como lo establece la Constitución Nacional.

La reforma del sistema de justicia militar, incluye el relevamiento de los delitos comunes que figuran en el antiguo Código, ubicando su correspondencia con otros similares, ya contemplados en el Código Penal Ordinario. Incorpora en algunos casos un agravante para ciertos delitos, por la condición militar del autor. En materia procesal, los procedimientos son los de la justicia ordinaria, y se establecen procesos especiales para circunstancias de conflicto armado que impidan el sometimiento a la justicia ordinaria de los delitos cometidos por militares. El proyecto del Ejecutivo no contemplaba el tema de los tribunales de honor, pero el tratamiento en la Cámara de Diputados agregó un artículo que elimina su existencia.

En materia disciplinaria, la reforma crea un nuevo código disciplinario, y prevé la posibilidad de que los tribunales puedan imponer sanciones disciplinarias (además de penas).

Las Fuerzas Armadas, por su parte, comprendiendo la importancia del abordaje del tema de los derechos humanos en su oficialidad y cuadros intermedios, comenzaron a organizar cursos y seminarios para empezar a reflexionar sobre el tema. Ejemplo de ello han sido los cursos de capacitación organizados por la Armada argentina, destinados también a oficiales jefe de las Fuerzas Armadas sudamericanas.

Todas estas iniciativas, que promueven y apoyan la conducción civil de la defensa, colaboran a un cambio de mentalidad en las Fuerzas Armadas, que permita su mejor inserción en el sistema democrático de nuestro país. Otra cuestión de especial importancia es la inclusión del tema de los derechos humanos en los planes de estudio de los institutos de formación militar, proceso que ha comenzado en los últimos años. El Ministerio de Defensa ha comenzado una revisión profunda de los planes de estudio de las tres Fuerzas, a fin de aplicar los cambios curriculares acordes a las nuevas temáticas.

El Estado argentino, entre otras obligaciones, tiene la responsabilidad de generar políticas que busquen la eliminación de todas las formas de discriminación dentro de la sociedad. En el caso de la mujer, su discriminación dentro de las Fuerzas Armadas ha sido una constante, y estuvo fuera de la agenda del Ministerio de Defensa hasta hace pocos años.

Esta situación ha comenzado a evolucionar favorablemente, al incorporarse nuevas políticas que permitieran un mejor acceso de la mujer a distintas áreas de las Fuerzas Armadas. En esta línea, en la reforma del sistema de justicia militar, se ha incorporado la figura de acoso sexual como falta disciplinaria grave y gravísima, de acuerdo a la situación jerárquica del que ejerce el acoso. También se han modificado las condiciones de ingreso y permanencia en los institutos educativos militares, permitiendo el acceso de mujeres embarazadas.

Finalmente, otra área que ha tomado interés en la conducción civil de la defensa es la promoción de la capacitación de las Fuerzas Armadas en el Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Esta capacitación es de especial importancia para el accionar responsable de los oficiales y soldados en las misiones de paz, como por ejemplo en el ámbito de MINUSTAH, misión en la cual Argentina participa activamente.


* Asesor, Senado de la Nación Argentina
Artículo publicado en la edición 2007 y actualizado para la presente edición