El Marco legal

La Legislación Nacional
Sistemas y Conceptos Organización Militar
- Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas (Decreto Nº 39-2001 - 29/10/2001) - Código Militar (Decreto Nº 76 - 01/03/1906. Última Reforma: Decreto Nº 47 - 22/01/1937)
- Ley de Previsión Militar (Decreto Nº 905 - 27/03/1980)
- Ley del Servicio Militar (Decreto Nº 98-85 - 22/08/1985)
- Ley de Personal para los Miembros de las Fuerzas Armadas (Decreto Nº 231- 2005 - 11/10/2005)

Fuente: Elaboración propia en base a la legislación mencionada. Para las disposiciones constitucionales ver Capítulo 1.

Militares y Participación Política


Retirados

En actividad

Posibilidad de Voto NO
Presentación de Candidaturas (1)

(1) La Constitución menciona la posibilidad de candidatura en los casos no prohibidos por la Ley (Art. 37), pero estipula que no pueden ser Diputados (Art. 199) o Presidente (Art.240).

Fuente: Constitución.

 

Tratados Internacionales

Sobre Seguridad Hemisférica - Tratado Inter Americano de Asistencia Recíproca (TIAR)
Firma: 02/09/1947
Depósito 05/02/1948
- Tratado Americano de Soluciones Pacíficas (Pacto de Bogotá)
Firma: 30/04/1948
Depósito: 07/02/1950
- Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centroamérica
Firma: 15/12/1995
Depósito: 18/12/1997
Sobre Armamento - Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco)
Firma: 14/02/1967
Depósito: 23/09/1968
- Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares
Firma: 01/07/1968
Depósito: 16/05/1973
- Convención para la Prohibición de Armas Químicas
Firma: 13/01/1993
Depósito: 29/08/2005
- Convención sobre la Prohibición de Minas Antipersonales (Convención de Ottawa)
Firma: 03/12/1997
Depósito: 24/09/1998
- Convención sobre el Desarrollo, Producción, y Acumulación de Armas Tóxicas y Bactereológicas y su Destrucción
Firma: 10/04/1972
Depósito: 14/03/1979
- Convención sobre la Prohibición o Restricción del Uso de Ciertas Armas Convencionales con Excesivos Daños o Efectos Indiscriminados
Adhesión: 30/10/2003
- Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados
Firma: 14/11/1997
Depósito: 23/11/2004
- Convención Interamericana sobre Transparencia en las Adquisiciones de Armas Convencionales
Firma: 18/12/2001
No Ratifica
Tratado de Ensayos Nucleares (CTBT)
Firma: 25/09/1996
Depósito: 30/10/2003
Sobre Derechos Humanos y Justicia - Convención Interamericana sobre Derechos Humanos (Pacto San José de Costa Rica)
Firma: 22/11/1969
Depósito: 08/09/1977
Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas
Firma: 10/06/1994
Depósito: 11/07/2005
- Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura
Firma: 11/03/1986
No Ratifica
- Protocolo a la Convención sobre Deberes y Derechos de los Estados en los Casos de Luchas Civiles
Firma: 18/12/1957
Depósito: 14/10/1960
- Corte Penal Internacional
Firma: 07/10/1998
Depósito: 01/07/2002
Obligatoriedad ante la Corte Internacional de Justicia
Depósito: 06/06/1986
Sobre el Sistema Hemisférico - Carta de la Organización de los Estados Americanos
Firma: 30/04/1948
Depósito: 07/02/1950

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las páginas web de la Oficina de Derecho Internacional de la OEA y Oficina de Asuntos Legales de la ONU.


El Presupuesto

Presupuesto del Estado 2008 Moneda local 61.031.063.326
US$ 3.167.154.298
PBI 2008 (en US$) 13.779.000.000
Presupuesto de Defensa 2008 Moneda local 3.329.046.306
US$ 172.757.982
% del PBI 1,25
% del presupuesto del Estado 5,45


Presupuesto de Defensa 2008 (en moneda local)

Instituciones Servicios Personales Servicios No Personales Materiales y Suministros Otros* TOTAL
Secretaría de Defensa Nacional
 
 
 
 
 
Actividades Centrales
2248.812.980
33.349.164
4.063.349
71.267.800
327.493.293
Ejército
727.388.965
20.761.121
128.532.438
46.663.600
923.346.124
Fuerza Aérea
183.960.610
6.894.522
40.914.235
1.439.800
233.209.167
Fuerza Naval
117.837.003
3.787.246
31.557.253
496.600
153.678.102
Estado Mayor Conjunto
84.919.042
18.439.547
60.895.125
5.455.499
169.709.213
Instituto de Previsión Militar**
227.381.224
19.703.148
4.206.000
1.270.320.035
1.521.610.407
TOTAL
1.362.918.600
72.934.748
265.962.400
1.395.643.334
3.329.046.306

* Incluye Bienes Capitalizables, Transferencias, Activos Financieros, y Servicio de la Deuda Pública.
** Se descuenta de la categoría Otros, la contribución realizada por la Secretaría de Defensa al Instituto.

Fuente: Elaboración propia en base al Decreto-Ley de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República, para el Ejercicio Fiscal 2008. Se considera aquí el Presupuesto del Estado, lo que el Congreso aprobó en la ley antecitada.
PBI 2008: Proyección del World Economic Outlook Database, FMI. Se ha tomado esta fuente con fines comparativos. Cada país elabora el presupuesto en base a su propia estimación de PBI.
El valor del dólar tomado corresponde al tipo de cambio según el World Economic Outlook Database, FMI. El promedio de la tasa de cambio vendedor, en base a los datos del Banco Central de Honduras, es de 19,03 Lempiras. Se proveen las cifras en moneda nacional para otros eventuales cálculos.
Las expresiones vertidas en negrita (tabla) identifican las diferentes partidas relacionadas con defensa que pueden encontrarse en una clasificación sectorial o institucional en la ley de presupuesto.

Las Definiciones Políticas

¿Qué es Defensa? La defensa se define como un conjunto de acciones y capacidades para garantizar la integridad territorial, la soberanía y la independencia del país. La defensa nacional se orienta principalmente a prevenir y neutralizar las amenazas externas que ponen en peligro los intereses nacionales.
(Libro de la Defensa Nacional, 2005)
¿Qué es Seguridad? La seguridad es un concepto multidimensional, que engloba aspectos diversos de la realidad nacional. Es una garantía para el desarrollo en la medida que genera condiciones apropiadas para la inversión productiva y la generación de empleo. La seguridad es responsabilidad del Estado y genera corresponsabilidad, participación y apropiación pública al interior de la sociedad en la defensa y mantenimiento de la seguridad común.
(Libro de la Defensa Nacional, 2005)


Participación en Operaciones de Paz

Misiones en las cuales participa

Cantidad de Efectivos Militares

OM

T

MINURSO 12 -

OM: Observadores militares - T: Tropa.
Fuente: Elaboración propia en base a documentos del Departamento de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas (http://www.un.org/Depts/dpko/dpko/index.asp). Datos al 30 de junio de 2008.

        


Presentación de Registros a Naciones Unidas
  1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007
Gastos Militares                     *     *    
Armas Convencionales       * *   * * * * * *       s/d

Fuente: Elaboración propia en base a los reportes presentados ante el Registro de Armas Convencionales y al Informe Estandarizado Internacional sobre Gastos Militares, de las Naciones Unidas. La publicación de los datos del Registro de Armas Convencionales correspondientes a 2007, es esperada para agosto de 2008.


Facultades Constitucionales del Congreso

En relación a la Guerra y la Paz - ¿Puede declarar la guerra?: Sí
- ¿Se requiere su autorización para declarar la guerra?: Sí(1)
- ¿Puede celebrar la paz?: Sí
- ¿Se requiere su autorización para celebrar la paz?: Sí(1)
- ¿Se requiere su autorización para el ingreso de tropas extranjeras?: Sí
- ¿Se requiere su autorización para el egreso de tropas nacionales?: Sí
En relación al Control - ¿Se requiere su aprobación para el nombramiento de oficiales superiores de las Fuerzas Armadas?: Sí
- ¿Pueden acusar a oficiales de las Fuerzas Armadas?: No
- ¿Puede juzgar funcionarios?: Sí
- ¿Participa en la elección de funcionarios de instituciones de control externo?: Sí
- ¿Puede introducir modificaciones en el presupuesto nacional? Sí
Estados de Excepción Denominación: Estado de sitio
Causa: Invasión del territorio nacional
Perturbación grave de la paz
Epidemia o cualquier calamidad general
Participación del Poder Legislativo: El Congreso puede ratificar, modificar o improbar el decreto enviado por el Presidente dentro de los treinta días.

(1) Es el mismo Poder Legislativo quien detenta ese poder.

Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución).


Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por el Poder Legislativo


Organización del Sistema

Funciones Nivel Poderes del Estado El Presidente de la República es la máxima autoridad en materia de seguridad y defensa nacional. En su calidad de Jefe de Estado y de Comandante General de las Fuerzas Armadas, le compete dirigir todos los aspectos relacionados con la defensa del país, traducidos en la política y conducción de la misma, ejerciendo el mando directo de las Fuerzas Armadas.
El Consejo Nacional de Defensa y Seguridad cumple funciones de asesoría.
El Congreso Nacional ejerce las facultades conferidas por la Constitución de la República y sigue en forma permanente las cuestiones vinculadas a la defensa a través de la Comisión de Defensa Nacional.
Nivel Ministerial El Secretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional es el responsable de la debida ejecución de la política de defensa nacional. Supervisa, inspecciona y ejerce el control sobre la organización y funcionamiento de las Fuerzas Armadas, y se constituye en el órgano administrativo de las instituciones castrenses.
El Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas es el órgano superior técnico militar de asesoramiento, planificación, coordinación y supervisión, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional. Está organizado en Jefatura y Sub-Jefatura, Estado Mayor de Coordinación, Estado Mayor Especial y Estado Mayor Personal. El Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas es seleccionado y removido libremente por el Presidente, entre los miembros de la Junta de Comandantes de las Fuerzas Armadas.
Nivel Militar La Jefatura del Estado Mayor Conjunto es el órgano ejecutor de las órdenes, instrucciones y disposiciones emitidas por el Comandante General y el Secretario de la Defensa Nacional. Ejerce el mando operativo de las Fuerzas Armadas.
La Junta de Comandantes de las Fuerzas Armadas es el órgano de consulta en todos los asuntos relacionados con las Fuerzas Armadas, siendo órgano de decisión en las materias de su competencia y como Tribunal Superior de las Fuerzas Armadas en los asuntos que sean sometidos a su conocimiento. Está integrada por el Jefe del Estado Mayor Conjunto, quien la preside, el Sub-Jefe del Estado Mayor Conjunto, el Inspector General y los Comandantes Generales de cada Fuerza.

[Vea el organigrama]

Fuente: Elaboración propia en base la Constitución, Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas (Decreto Nº 39-2001 - 29/10/2001) y Libro de la Defensa Nacional (2005).


La Secretaría de Defensa Nacional

Misión Corresponde a la Secretaría de Defensa Nacional (SEDENA) la dirección, formulación, coordinación, ejecución, supervisión y evaluación de las políticas relacionadas con la defensa nacional.
Funciones particulares - Velar porque se ejecute debidamente la política de defensa nacional por las Fuerzas Armadas.
- Representar a Honduras en los organismos internacionales de defensa.
- Autorizar, reglamentar y controlar la producción, importación, exportación, almacenamiento, préstamo, transporte, compra y venta de armas, municiones, explosivos y demás implementos similares de conformidad con la ley.
- En relación con los asuntos que corresponden a las Fuerzas Armadas: las funciones de órgano administrativo de las mismas; el refrendo de los decretos, acuerdos, órdenes y providencias emitidas por el Comandante General de las Fuerzas Armadas; la conducción de los asuntos relativos al cumplimiento del servicio militar de conformidad con la ley;
y asegurarse de la preparación e implementación de los planes y programas para el sostenimiento, desarrollo y empleo de las Fuerzas Armadas.
- Hacer que se cumplan los programas de funcionamiento y desarrollo de las Fuerzas Armadas con la debida probidad.
- Ordenar la elaboración o actualización de los planes de defensa nacional.
- Proponer al Comandante General los ascensos de grado desde Sub-teniente hasta Capitán inclusive o sus equivalentes, previo dictamen de cumplimiento de requisitos del Estado Mayor Conjunto.
- Supervisar, inspeccionar y ejercer control sobre la organización y funcionamiento de las Fuerzas Armadas; y las demás que le señalen la ley.
Año de creación 1954
Secretario actual (agosto 2008) Arístides Mejía Carranza
¿Pueden los militares ser Secretarios de Defensa? Sí (si están retirados)
Cantidad de militares que fueron Secretarios de Defensa Ninguno (desde el año 1998, año de reforma constitucional)
Cantidad de civiles que fueron Secretarios de Defensa 3 (desde el año 1998, año de reforma constitucional)
¿Hubo mujeres a cargo del Secretarios de Defensa? No


Permanencia promedio en el cargo de los Secretarios de Defensa

2 años y 3 meses

[No se considera la gestión actual. El año de creación corresponde a la fecha en que el término “Defensa” pasa a formar parte del nombre de la institución]

[Vea el organigrama]

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por la Secretaría de Defensa de Honduras y la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas.

Educación para la Defensa

Principales Cursos de Especialización en el Área

Curso Institución
- Curso superior de Defensa Nacional
- Master en Defensa y Seguridad Centroamericana (en conjunto con la Universidad del Salvador de Argentina)
Colegio de Defensa Nacional

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por la página web de la institución mencionada.

Carrera Militar

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

Academia Militar
Duración: 4 años
Título de egreso: Licenciatura en Ciencias Militares
Grado de egreso: Subteniente
Academia Naval
Duración: 4 años
Título de egreso: Licenciatura en Ciencias Navales
Grado de egreso: Alférez de Fragata
Academia Militar de Aviación
Duración: 4 años
Título de egreso: Licenciatura en Ciencias Aeronáuticas
Grado de egreso: Subteniente
Escuelas de formación intermedia
Escuelas de formación intermedia
Escuelas de formación intermedia
Teniente
Teniente de Fragata
Teniente
Capitán
Teniente de Navío
Capitán
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Comando y Estado Mayor
Mayor
Teniente Coronel
Coronel
General de Brigada
General de División
Escuela de Comando y Estado Mayor
Capitán de Corbeta
Capitán de Fragata
Capitán de Navío
Contraalmirante
Almirante
Escuela de Comando y Estado Mayor
Mayor
Teniente Coronel
Coronel
General de Brigada
General de División
Ingreso a la Escuela Militar - 2008 -
Aspirantes: 354
Ingresantes: 173
Ingresó 1 de cada 2 aspirantes
Ingreso a la Academia Naval - 2008 -
Aspirantes: 170
Ingresantes: 122
Ingresó 2 de cada 3 aspirantes
Ingreso a la Academia Militar de Aviación - 2008 -
Aspirantes: 523
Ingresantes: 64
Ingresó 1 de cada 8 aspirantes

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las instituciones mencionadas. Ingreso a la academia: Academia Militar, Facultad de Ciencias Navales y Academia Militar de Aviación.

Las Fuerzas Armadas

Misión General

Las Fuerzas Armadas se constituyen para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el orden público y el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.
Cooperarán con la Policía Nacional en la conservación del orden público.
Cooperarán con las Secretarías de Estado y demás instituciones, a pedimento de éstas, en labores de alfabetización, educación, agricultura, protección del ambiente, vialidad, comunicaciones, sanidad y reforma agraria. Participarán en misiones internacionales de paz, en base a tratados internacionales; prestarán apoyo logístico de asesoramiento técnico, en comunicaciones y transporte, en la lucha contra el narcotráfico; colaborarán con personal y medios para hacer frente a desastres naturales y situaciones de emergencia que afecten a las personas y los bienes; así como en programas de protección y conservación del ecosistema, de educación académica y formación técnica de sus miembros y otros de interés nacional.
Además cooperarán con las instituciones de seguridad pública, a petición de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, para combatir el terrorismo, tráfico de armas y el crimen organizado, así como en la protección de los poderes del Estado y el Tribunal de Elecciones, a pedimento de éstos, en su instalación y funcionamiento.
(Constitución, Arts. 272 y 274)

Misiones Particulares

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

El Ejército es la Fuerza que contribuye a defender la integridad territorial y la soberanía de la República en el espacio terrestre.

Fuerza Terrestre
Oficiales: 959
Suboficiales: 120
Tropa: 4.998
TOTAL: 6.077
La Fuerza Naval contribuye al cumplimiento de la misión constitucional señalada a las Fuerzas Armadas, principalmente en el espacio marítimo, fluvial, lacustre y territorio insular, manteniendo la seguridad y control de las costas y fronteras marítimas y preservando los recursos del mar en las aguas territoriales, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental.

Fuerza Naval
Oficiales: 143
Suboficiales: 41
Tropa: 700
TOTAL: 884
La Fuerza Aérea contribuye a defender la integridad territorial y la soberanía de la República especialmente en lo que a espacio aéreo se refiere.

Fuerza Aérea
Oficiales: 322
Suboficiales: 844
Tropa: 950
TOTAL: 2.112

Total de Fuerzas: 10.263(1)


(1) Incluye 1.236 efectivos en la Secretaría de Defensa Nacional, el Estado Mayor Conjunto, y dependencias.

Fuente: Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas (Decreto Nº 39-2001 - 29/10/2001) (misiones) y Secretaría de Defensa Nacional (efectivos).


La Mujer en las Fuerzas Armadas

 

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

Año de ingreso (oficiales)

Cuerpo Profesional

1970

1975

1945

Cuerpo Comando

1998

1998

1996

Grados que alcanzan

Coronel

Capitán de Navío

Coronel

Por “cuerpo comando” se considera a aquellos militares formados para cumplir misiones relativas al combate y que tienen capacidad de mando.
Por “cuerpo profesional” se considera a aquellos militares que se forman o se incorporan a las fuerzas, para brindar servicios de apoyo técnicos y/o profesionales.

Fuente: Elaboración propia en base a información suministrada por la Secretaría de Defensa Nacional.


Fuente: Información suministrada por la Secretaría de Defensa Nacional. El país en donde el agregado reside, es considerado aquí como la sede, más allá de que pueda estar acreditado en uno o más países.