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El Marco Legal |
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| La Legislación nacional | Sistemas y Conceptos | Organización Militar |
- Ley de Defensa Nacional (Nº 23.554 – 5/05/1988) - Ley de Seguridad Interior (Nº 24.059 - 17/01/1992) - Ley de Ministerios (Nº 22.520 - 20/03/1992) - Ley de Reestructuración de las Fuerzas Armadas (Nº 24.948 - 08/04/1998) - Ley de Inteligencia Nacional (Nº 25.520 – 06/12/2001) |
Código de Justicia Militar (Nº 14.029 - 06/08/1951. Última Reforma: Ley Nº 23.049 - 15/02/1948) - Ley de Servicio Militar (Nº 17.531 - 16/11/1967) - Ley para el Personal Militar (Nº 19.101 - 19/07/1971) - Ley de Servicio Militar Voluntario (Nº 24.429 - 10/01/1995) - Ley Marco sobre el Ingreso y Egreso de Tropas (Nº 25.880 - 23/04/2004) |
Fuente: Elaboración propia en base a la legislación mencionada. La inclusión de las leyes en una u otra categoría no significa que se refiera exclusivamente a ella.
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Militares y Participación Política |
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Retirados |
En actividad |
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| Posibilidad de voto | SÍ | SÍ |
| Presentación de candidaturas | SÍ | NO |
Fuente: Constitución de la Nación Argentina (1853, con reformas en 1860, 1866, 1898, 1957 y 1994), Art. 37 y Ley para el Personal Militar (Nº 19.101 - 19/07/1971)
Fuente: Ela bo ra ción pro pia en base a la información suministrada por las páginas web de la Oficina de Derecho Internacional de la OEA y Oficina de Asuntos
Legales de la ONU.
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El Presupuesto |
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| Presupuesto del Estado 2008 | Moneda local | 161.486.462.174 |
| US$ | 50.781.906.344 | |
| PBI 2008 (en US$) | 323.800.000.000 | |
| Presupuesto de Defensa 2008 | Moneda local | 8.357.539.573 |
| US$ | 2.628.157.098 | |
| % del PBI | 0,81% | |
| % del presupuesto del Estado | 5,18% | |
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El Presupuesto de Defensa 2008 (en moneda local) |
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| Juridicciones y Entidades | Gastos en Personal | Bienes de Consumo y Servicios No Personales | Bienes de Uso | Otros* | TOTAL |
| Ministerio de Defensa |   |   |   |   |   |
| Ministerio de Defensa | 69.462.985 | 32.218.927 | 91.880.000 | 1.593.000 | 195.154.912 |
| Estado Mayor General del Ejército | 2.176.932.333 | 375.250.320 | 50.071.000 | 228.000 | 2.602.481.653 |
| Estado Mayor General de la Armada | 1.280.634.857 | 236.221.792 | 59.043.368 | 420.000 | 1.576.320.017 |
| Estado Mayor General de la Fuerza Aérea | 1.105.317.680 | 479.360.450 | 145.626.948 | 17.273.942 | 1.747.579.020 |
| Estado Mayor Conjunto de la Fuerzas Armadas | 11.883.000 | 108.290.081 | 73.477.229 | 31.000 | 193.681.310 |
| Instituto Geográfico Militar** | 11.195.000 | 15.489.600 | 6.881.400 | 619.000 | 34.185.000 |
| Servicio Meteorológico Nacional** | 24.091.000 | 14.846.000 | 1.619.000 | 1.394.000 | 41.950.000 |
| Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiro y Pensiones Militares*** | 9.985.000 | 2.086.000 | 282.000 | 1.821.171.661 | 1.833.524.661 |
| Dirección General de Fabricaciones Militares | 62.709.000 | 66.934.000 | 3.000.000 | 20.000 | 132.663.000 |
| TOTAL | 4.752.210.855 | 1.330.697.170 | 431.880.945 | 1.842.750.603 | 8.357.539.573 |
* Incluye Trasparencias, Activos Financieros, Gastos Figurativos, Servicios de la Deuda, y Disminución de Otros Pasivos.
** Organismo Desentralizado.
*** Institución de Seguridad Social.

Fuente: Elaboración propia en base a la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el año 2008. Se considera aquí el Presupuesto del Estado, lo
que el Congreso aprobó en la ley antecitada.
PBI 2008: Proyección del World Economic Outlook Database, FMI. Se ha tomado esta fuente con fines comparativos. Cada país elabora el presupuesto en base a su
propia estimación de PBI.
El valor del dólar tomado corresponde al tipo de cambio según el World Economic Outlook Database, FMI. El promedio de la tasa de cambio, en base a los datos del
Banco Central de Argentina, es de 3,12 Pesos. Se proveen las cifras en moneda nacional para otros eventuales cálculos.
Las expresiones vertidas en negrita (tabla) identifican las diferentes partidas relacionadas con defensa que pueden encontrarse en una clasificación sectorial o institucional
en la ley de presupuesto.
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Las Definiciones Políticas |
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| Conceptos | |
| ¿Qué es defensa? |
La defensa nacional es la integración y la acción coordinada de todas las
fuerzas de la Nación para la solución de aquellos conflictos que requieran el
empleo de las fuerzas armadas, en forma disuasiva o efectiva para enfrentar
las agresiones de origen externo. Tiene por finalidad garantizar de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación; proteger la vida y la libertad de sus habitantes. (Ley de Defensa Nacional, Nº 23.554 - 05/05/88, Art. 2) |
| ¿Qué es seguridad? |
Se define como seguridad interior a la situación de hecho basada en el derecho
en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio
de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones
del sistema representativo, republicano y federal que establece la
Constitución Nacional. (Ley de Seguridad Interior, Nº 24.059 - 17/01/92, Art. 2) |
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Participación en Misiones de Paz |
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Misiones en las cuales participa |
Cantidad de efectivos |
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OM |
T |
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| MINURSO (Sahara Occidental) | 3 | - | |
| MINUSTAH (Haití) | - | 557 | |
| UNIFICYP (Chipre) | - | 296 | |
| UNMIK (Kosovo) | 1 | - | |
| UNTSO (Israel y Palestina) | 5 | - | |
OM: Observadores militares - T: Tropa
Fuente: Elaboración propia en base a documentos del Departamento de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas (http://www.un.org/Depts/dpko/dpko/index.asp). Datos al 31 de diciembre de 2006

| 1992 | 1993 | 1994 | 1995 | 1996 | 1997 | 1998 | 1999 | 2000 | 2001 | 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007 | |
| Gastos Militares | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | ||||
| Armas Convencionales | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | s/d |
Fuente: Elaboración propia en base a los reportes presentados ante el Registro de Armas Convencionales y al Informe Estandarizado Internacional sobre Gastos Militares, de las Naciones Unidas. La publicación de los datos del Registro de Armas Convencionales correspondientes a 2007, es esperada para agosto de 2008.

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Facultades Constitucionales del Congreso |
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| En relación a la Guerra y la Paz |
- ¿Puede declarar la guerra?: NO - ¿Se requiere su autorización para declarar la guerra?: SÍ - ¿Puede celebrar la paz?: NO - ¿Se requiere su autorización para celebrar la paz?: SÍ - ¿Se requiere su autorización para el ingreso de tropas extranjeras?: SÍ - ¿Se requiere su autorización para el egreso de tropas nacionales?: SÍ |
| En relación al Control |
- ¿Se requiere su aprobación para el nombramiento de oficiales superiores de las Fuerzas Armadas?: Sí(1) - ¿Pueden acusar a oficiales de las Fuerzas Armadas?: No - ¿Puede juzgar funcionarios?: Sí (1) - ¿Participa en la elección de funcionarios de instituciones de control externo?: Sí - ¿Puede introducir modificaciones en el presupuesto nacional?: Sí |
| Estados de excepción |
Denominación: Estado de sitio Causa: Conmoción interior. Participación del Poder Legislativo: Declarado por el Congreso, y por el Presidente si éste no estuviera reunido (con posterior informe) Denominación: Estado de sitio Causa: Ataque exterior. Participación del Poder Legislativo: Requiere aprobación del Senado. |
Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución.
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Fuente: Elaboración propia en base a la información que suministran las páginas web del Poder Legislativo.
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Organización del Sistema |
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| Funciones | Nivel Poderes del Estado |
En su carácter de Jefe de Estado y de Gobierno y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, el Presidente de la Nación
ejerce la dirección de la Defensa Nacional. El Presidente dispone, con el asesoramiento y asistencia del Consejo de Defensa Nacional (CODENA), el contenido y las pautas para la realización del planeamiento para la Defensa Nacional controlando su confección y conducción. El CODENA es presidido por el Presidente y constituido por el Vicepresidente, Ministros, el responsable del área de inteligencia, y los Presidentes de las comisiones parlamentarias de defensa. El Presidente ejercerá la conducción integral de la guerra, con el asesoramiento y asistencia del CODENA, y del Ministro de Defensa, del Jefe del Estado Mayor Conjunto y de los Jefes de Estados Mayores Generales de cada una de las Fuerzas Armadas, constituidos en Comité de Crisis. El Congreso de la Nación sigue en forma permanente las cuestiones vinculadas a la defensa, a través de las comisiones de defensa de ambas cámaras. |
| Nivel Ministerial | El Ministro de Defensa ejercerá la dirección, ordenamiento y coordinación de las actividades propias de la defensa nacional. Dicho Ministerio deberá asistir y asesorar al Presidente de la Nación en la conducción militar de la guerra. | |
| Nivel Militar |
Las Fuerzas Armadas son el instrumento militar de la defensa nacional y se integran con medios humanos y materiales
orgánicamente estructurados para posibilitar su empleo en forma disuasiva y efectiva. Están constituidas por el Ejército
Argentino, la Armada de la República Argentina y la Fuerza Aérea Argentina. El diseño del Instrumento Militar es responsabilidad del Estado Mayor Conjunto, el cual es el responsable de formular la doctrina militar conjunta, y promover su actualización; elaborar el planeamiento militar conjunto; dirigir el adiestramiento militar conjunto y controlar el planeamiento estratégico operacional y la eficacia del accionar militar conjunto. El Estado Mayor Conjunto procura la máxima integración y estandarización del conjunto de reglas, procesos, procedimientos, funciones, servicios y actividades relativas al uso o empleo eficiente de los medios militares, así como también al fortalecimiento y consolidación de las capacidades operacionales. Su Jefe es el responsable del empleo de los medios militares en tiempos de paz, teniendo el control funcional sobre las Fuerzas Armadas, con autoridad para impartir órdenes. Mantiene relación funcional con los Jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas, quienes lo asesorarán en el planeamiento militar conjunto. El Jefe del Estado Mayor debe conformar una instancia permanente, dependiente del mismo, encargada de la dirección y coordinación de la actividad operacional, la cual contará con un responsable a cargo. El Comandante Operacional será designado por el Presidente, a propuesta del Ministro de Defensa, de entre los Generales, Almirantes o Brigadieres del cuerpo comando en actividad. |
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Ministerio de Defensa |
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| Misión | Asistir al Presidente de la Nación, y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la defensa nacional y las relaciones con las Fuerzas Armadas dentro del marco institucional vigente. |
| Funciones particulares |
- Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia. - Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional. - Entender en la determinación de los requerimientos de la defensa nacional. - Entender en la elaboración del presupuesto de las Fuerzas Armadas y en la coordinación y distribución de los créditos correspondientes. - Entender en la coordinación de las actividades logísticas de las Fuerzas Armadas en todo lo relativo al abastecimiento, normalización, catalogación y clasificación de efectos y las emergentes del planeamiento militar conjunto; Intervenir en la planificación, dirección y ejecución de las actividades de investigación y desarrollo de interés para la defensa nacional. - Entender en la formulación de la política de movilización y Plan de Movilización Nacional, para el caso de guerra y su ejecución. - Entender en el registro, clasificación y distribución del potencial humano destinado a la reserva de las Fuerzas Armadas y en el fomento de las actividades y aptitudes de interés para la defensa; - Entender en las actividades concernientes a la Inteligencia de Estratégica Militar, conforme lo establecido en la Ley Nº 25.520. - Coordinar juntamente con la Secretaría de Seguridad Interior de la Presidencia de la Nación los aspectos comunes a las Fuerzas Armadas y de Seguridad. - Entender en la determinación de la integración de los contingentes que se envíen al exterior para componer fuerzas de mantenimiento de la paz. - Entender en la dirección de los organismos conjuntos de las Fuerzas Armadas puestos bajo su dependencia. - Intervenir en la proposición de los nombramientos para los cargos superiores de los organismos conjuntos que le están subordinados. - Entender en la administración de justicia y disciplina militar, a través de tribunales que de él dependen. - Entender en la propuesta de efectivos de las Fuerzas Armadas y su distribución. - Participar en la planificación, dirección y ejecución de las actividades productivas en las cuales resulte conveniente la participación del Estado por ser de interés para la defensa nacional. - Entender en los estudios y trabajos técnicos y en la formulación y ejecución de las políticas nacionales en lo que hace específicamente a la defensa nacional. - Intervenir en la definición de políticas relativas a las actividades productivas que integran el sistema de producción para la defensa. - Entender en la elaboración y propuesta de los planes tendientes al cumplimiento de los fines de la defensa nacional en las áreas de frontera, así como su dirección y ejecución. - Entender conjuntamente con el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en la planificación, dirección y ejecución de la actividad antártica. - Entender en el planeamiento militar conjunto, la determinación de los requerimientos provenientes del mismo y la fiscalización de su cumplimiento. - Entender en la formulación y aplicación de los principios y normas para el funcionamiento y empleo de las Fuerzas Armadas. - Entender en el registro, habilitación, fiscalización y dirección técnica de los actos y actividades vinculadas a la navegación por agua y aire en cuanto sean de su jurisdicción. Intervenir en la instrumentación y difusión de las normas del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y los planes de capacitación correspondiente, en el ámbito de las Fuerzas Armadas. |
| Año de creación | 1958 |
| Ministro actual (agosto 2008) | Nilda Garré |
| ¿Pueden los militares ser Ministros de Defensa? | SÍ |
| Cantidad de militares que fueron Ministros de Defensa | 4 |
| Cantidad de civiles que fueron Ministros de Defensa | 33 |
| ¿Hubo mujeres a cargo del Ministerio de Defensa? | Sí (la actual Ministra fue Ministra en la Administración anterior) |
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Permanencia promedio en el cargo de los Ministros de Defensa |
[Vea el organigrama]
Fuente: Elaboración propia en base a la información
suministrada por el Ministerio de
Defensa, la Ley de Ministerios y el Decreto
825/05 (13/07/2005).
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Educación para la defensa |
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Principales Cursos de Especialización en el Area |
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| Nombre del curso | Institución | |
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- Maestría en Defensa Nacional - Curso Superior de Defensa Nacional - Curso Especial de Defensa Nacional |
Escuela de Defensa Nacional* | |
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- Maestría en Historia de la Guerra - Homologación a la Licenciatura en Estrategia y Organización - Curso de Actualización Doctrinaria - Gestión de la Información para la Toma de Decisiones Estratégicas - Planeamiento y Gestión Educativa Militarn |
Escuela Superior de Guerra "Teniente General Luis María Campos" | |
| - Maestría en Estudios Estratégicos | Escuela de Guerra Naval | |
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- Curso de Derechos Humanos e Instructor de Derecho Internacional
Humanitario - Curso Internacional sobre Asistencia Humanitaria en el Contexto de Operaciones de Paz de Naciones Unidas - Curso de Coordinación Cívico Militar en Operaciones Complejas - Curso de Personal Civil en Zonas de Conflicto y Ayuda Humanitaria "Cascos Blancos" - Curso para Periodista en Zonas Hostiles |
Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz (CAECOPAZ) | |
| - Maestría en Inteligencia Estratégica Nacional "Siglo XXI" | Universidad de La Plata | |
| - Maestría en Estudios Internacionales. Especialización en Política y Seguridad Internacional | Universidad Torcuato Di Tella | |
* En julio de 2008, el Ministerio de Defensa firmó un acuerdo con la Universidad Nacional de Tres de Febrero para que entienda en la dirección académica
de la maestría.
Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las páginas web de las instituciones mencionadas. En el caso del CAECOPAZ, se refieren los casos que están abiertos a interesados civiles.
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Carrera Militar |
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Fuerza Terrestre |
Fuerza Naval |
Fuerza Aérea |
| Colegio Militar de la Nación Duración: 4 años Título de egreso: Licenciatura en Conducción y Gestión Operativa Grado de egreso: Subteniente |
Escuela Naval Militar Duración: 5 años Título de egreso: Licenciatura en Administración de Recursos Navales para la Defensa Grado de egreso: Guardiamarina |
Escuela de Aviación Militar Duración: 4 años Título de egreso: Licenciado en sistemas aéreos y aeroespaciales Grado de egreso: Alférez |
| Escuelas de Formación Intermedia |
Escuelas de Formación Intermedia |
Escuelas de Formación Intermedia |
| Teniente |
Teniente de Corbeta |
Teniente |
| Teniente Primero |
Teniente de Fragata |
Primer Teniente |
| |
|
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| Escuela de Estado Mayor |
Escuela de Estado Mayor |
Escuela de Estado Mayor |
| Escuela Superior de Guerra Capitán Mayor Teniente Coronel Coronel Coronel Mayor General de Brigada General de División Teniente General |
Escuela de Guerra Naval Teniente de Navío Capitán de Corbeta Capitán de Fragata Capitán de Navío Contralmirante Vicealmirante Almirante |
Escuela Superior de Guerra Aérea Capitán Mayor Vicecomodoro Comodoro Brigadier Brigadier Mayor Brigadier General |
| Ingreso al Colegio Militar de la Nación –2008- Aspirantes: 795 Ingresantes: 439 Ingresó 2 de cada 3 aspirantes |
Ingreso a la Escuela Naval –2008- Aspirantes: 682 Ingresantes: 167 Ingresó 1 de cada 4 aspirantes |
Ingreso a la Escuela de Aviación Militar –2008- Mayor Aspirantes: 445 Ingresantes: 145 Ingresó 1 de cada 3 aspirantes |
Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las instituciones mencionadas y publicaciones oficiales de defensa. Ingreso a la academia: Ministerio de Defensa.
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Las Fuerzas Armadas |
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Misión General |
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Las Fuerzas Armadas, instrumento militar de la defensa nacional, serán empleadas ante agresiones de origen externo perpetradas por fuerzas armadas pertenecientes
a otro/s Estado/s, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior y en la Ley Nº 24.948 de Reestructuración de las Fuerzas Armadas
en lo concerniente a los escenarios en los que se prevé el empleo del instrumento militar y a las disposiciones que definen el alcance de dicha intervención en operaciones
de apoyo a la seguridad interior. |
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Misiones Particulares |
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Fuerza Terrestre |
Fuerza Naval |
Fuerza Aérea |
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El Ejército Argentino servirá a la Patria, para
contribuir a la defensa nacional a fin de proteger
sus intereses vitales: la independencia y la
soberanía; la capacidad de autodeterminación;
la integridad territorial; los recursos naturales; la
protección de los bienes, la vida y la libertad de
sus habitantes. Asimismo, contribuirá al sostenimiento
del sistema de gobierno representativo,
republicano y federal. Fuerza Terrestre Oficiales: 5.548 Suboficiales: 21.471 Tropa: 11.785 TOTAL: 38.804 |
Misión principal: Contribuir a la defensa nacional actuando en forma disuasiva o empleando los medios en forma efectiva, a fin de proteger y garantizar de modo permanente los intereses vitales de la Nación frente a las agresiones de origen externo. Misiones complementarias: participación en operaciones de paz y/o coaliciones multinacionales bajo mandato de Organismos Internacionales; tareas marítimas, fluviales y de seguridad náutica; búsqueda y salvamento marítimos; apoyo a la actividad en la Antártida.; asistencia humanitaria; apoyo a la comunidad; contribución a la preservación del medio ambiente; participación en el desarrollo de medidas de cooperación militar, de fomento de la confianza mutua y otras en el marco regional internacional para la prevención de situaciones de conflicto; y participación en operaciones de seguridad interior en los términos que prescribe la Ley 24.054. Fuerza Naval Oficiales: 2.431 Suboficiales: 14.388 Tropa: 1.675 TOTAL:18.494 |
Contribuir a la defensa nacional actuando disuasiva y efectivamente en el aeroespacio de interés, a fin de garantizar y proteger de modo permanente los intereses vitales de la Nación. Fuerza Aérea Oficiales: 2.388 Suboficiales: 9.920 Tropa: 1.812 TOTAL:14.120 |
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Total de fuerzas: 71.418 |
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Fuente: Información suministrada por las páginas web de cada Fuerza (misiones) y Ministerio de Defensa (efectivos).
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La Mujer en las Fuerzas Armadas |
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Fuerza Terrestre |
Fuerza Naval |
Fuerza Aérea |
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Año de ingreso (oficiales) |
Cuerpo Profesional |
1982 |
1981 |
1982 |
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Cuerpo Comando |
1997 |
2001 |
2001 |
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Grados que alcanzan |
Todos los grados |
Todos los grados |
Todos los grados |
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Por “cuerpo comando” se considera a aquellos militares formados para cumplir misiones relativas al combate y que tienen capacidad de mando.
Por “cuerpo profesional” se considera a aquellos militares que se forman o se incorporan a las fuerzas, para brindar servicios de apoyo técnicos y/o profesionales.
Fuente: Información suministrada por las Fuerzas.

Fuente: Información suministrada por el Ministerio de Defensa. El país en donde el agregado reside, es considerado aquí como la sede, más allá de que pueda estar acreditado en uno o más países.