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El Marco Legal |
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La Legislación Nacional | Sistemas y Conceptos | Organización Militar |
- Ley que crea el Consejo Superior de la Defensa Nacional (Nº 7.144
- 05/01/1942) - Decreto que crea el Consejo Superior de Seguridad Nacional y la Junta de Comandantes en Jefe (DFL Nº 181 - 05/04/1960. Última Reforma: DFL Nº 2 - 16/09/1967) - Ley que dicta Normas sobre Movilización (Nº 18.953 - 09/03/1990) - Decreto-Ley que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (Nº 19.653 - 17/11/2001. Última Reforma: Ley Nº 19.882 - 23/06/2003) - Ley sobre el Sistema de Inteligencia de Estado, crea la Agencia Nacional de Inteligencia (Nº 19.974 - 02/10/2004) |
- Código de Justicia Militar (Decreto Ley Nº 806 - 23/12/1925. Última Reforma:
Ley Nº 20.084 - 07/12/2005) - Ley Reservada del Cobre (Nº 13.196 - 29/11/1958) - Decreto-Ley sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas (Nº 2.306 - 12/09/1978. Última Reforma: Ley Nº 20.045 - 10/03/2005) - Decreto-Ley del Ministerio Público Militar (Nº 3.425 - 14/06/1980) - Decreto que establece Normas sobre Constitución, Misión, Dependencia y Funciones de las Fuerzas Armadas (DS Nº 272 - 16/03/1985) - Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas (Nº 18.948 - 27/02/1990. Última Reforma: Ley Nº 19.806 - 31/05/2002)* - Ley que moderniza el Servicio Militar Obligatorio (Nº 20.045 - 10/09/2005) |
* Una reforma a esta legislación que crea una planta de tropa profesional, fue aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado. Al cierre de la edición estaba
pendiente la promulgación.
Fuente: Elaboración propia en base a la legislación mencionada. Para las disposiciones constitucionales ver Capítulo 1.
Militares y Participación Política |
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Retirados |
En actividad |
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Posibilidad de Voto |
SÍ |
SÍ |
Presentación de Candidaturas |
SÍ(*) |
NO |
(*) Luego de un año en situación de retiro.
Fuente: Constitución.
Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las páginas web de la Oficina de Derecho Internacional de la OEA y Oficina de Asuntos Legales de la ONU.
El presupuesto |
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Presupuesto del Estado 2008 | Moneda local | 20.212.461.394.137 |
US$ | 37.017.804.099 | |
PBI 2008 (en US$) | 169.919.000.000 | |
Presupuesto de Defensa 2008 | Moneda local | 2.441.284.175.450 |
US$ | 4.471.052.664 | |
% del PBI | 2,63% | |
% del presupuesto del Estado | 8,49%(*) |
(*)Sin recursos extrapresupuestarios
El Presupuesto de Defensa 2008 (en Moneda Local) |
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Partidas | Gastos en Personal* | Bienes y Servicios de Consumo | Otros** | TOTAL | |
Ministerio de Defensa | |||||
Ejército de Chile | |||||
Conducción Superior | |||||
Organismos de Salud | |||||
Organismos de Industria Militar | |||||
Armada de Chile | |||||
Subsecretaría de Marina | |||||
Dirección General Territorio Marítimo | |||||
Dirección de Sanidad | |||||
Fuerza Aérea de Chile | |||||
Subsecretaría de Aviación | |||||
Dirección General Movilización Nacional | |||||
Organismos de salud de la Fach | |||||
Dirección Administrativa Ministerio Defensa | |||||
Instituto Geográfico Militar | |||||
Servicio Hidrográfico Oceanográfico Armada | |||||
Dirección General Aeronáutica Civil | |||||
Servicio Aerofotogramétrico Fach | |||||
Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |||||
Caja de Previsión de la Defensa Nacional | |||||
Subtotal | |||||
Extrapresupuestario Codelco-Ley Reservada del Cobre*** | |||||
TOTAL |
* Incluye Prestaciones de Seguridad Social.
** Transferencias Corrientes y de Capital, Integros al Fisco, Otros Gastos Corrientes, Adquisición de Activos Financieros y No Financieros, Inciativas de Inversión,
Préstamos, y Saldo Final de Caja.
*** Fuente: Estado de Operaciones de Gobierno 2007, Gobierno Central Extrapresupuestario. Dirección de Presupuesto, Ministerio de Hacienda de la República
de Chile. Se han tomado los valores correspondientes por las ventas de 2007.
Fuente: Elaboración propia en base a la Ley de Presupuestos del Sector Público para el Año 2008. Se considera aquí el Presupuesto del Estado, lo que el Congreso aprobó en la ley antecitada. PBI 2008: Proyección del World Economic Outlook Database, FMI. Se ha tomado esta fuente con fines comparativos. Cada país elabora el presupuesto en base a su propia estimación de PBI. En el caso de la tabla expresada en moneda nacional, para los montos expresados en dólares en el presupuesto, se utilizó un tipo de cambio de 506,95 promedio de cifras del Banco Central de Chile. Las expresiones vertidas en negrita (tabla) identifican las diferentes partidas relacionadas con defensa que pueden encontrarse en una clasificación sectorial o institucional en la ley de presupuesto.
Las Definiciones Políticas |
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Conceptos | |
¿Qué es Defensa? |
Es una de las funciones básicas del Estado, cuyo propósito es proteger a la
población, preservar el territorio nacional y resguardar la capacidad del Estado
para el ejercicio de su soberanía frente a amenazas externas contra estos elementos
fundamentales del país, así como apoyar el logro de los objetivos
nacionales en el ámbito internacional. La defensa debe ser considerada como
un bien público en un sentido integral. Cumple una función social básica para
la existencia de la sociedad y no puede ser provista sino por el Estado. Como
parte de la seguridad que requiere el país, la defensa concurre a hacer posible
el desarrollo de la sociedad.
(Libro de la Defensa Nacional, 2002) |
¿Qué es Seguridad? |
La seguridad consiste en una condición que se desea establecer para que se
realicen los fines del Estado y de la nación, particularmente los del desarrollo
social y económico. (Libro de la Defensa Nacional, 2002) |
Participación en Misiones de Paz |
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Misiones en las cuales participa |
Cantidad de Efectivos Militares |
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OM |
T |
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MINUSTAH (Haití) | - | 499 | |
UNMIK (Kosovo) | 1 | - | |
UNMOGIP (India y Pakistán) | 2 | - | |
UNTSO (Israel y Palestina) | 4 | - |
OM: Observadores militares - T: Tropa.
Fuente: Elaboración propia en base a documentos del Departamento de Operaciones de Paz de
las Naciones Unidas (http://www.un.org/Depts/dpko/dpko/index.asp). Datos al 30 de junio de
2008.
1992 | 1993 | 1994 | 1995 | 1996 | 1997 | 1998 | 1999 | 2000 | 2001 | 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007 | |
Gastos Militares | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | ||||
Armas Convencionales | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | * | s/d |
Fuente: Elaboración propia en base a los reportes presentados ante el Registro de Armas Convencionales y al Informe Estandarizado Internacional sobre Gastos Militares, de las Naciones Unidas. La publicación de los datos del Registro de Armas Convencionales correspondientes a 2007, es esperada para agosto de 2008.
Facultades Constitucionales del Congreso |
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En relación a la Guerra y la Paz |
- ¿Puede declarar la guerra?: NO - ¿Se requiere su autorización para declarar la guerra? SÍ - ¿Puede celebrar la paz?: NO - ¿Se requiere su autorización para celebrar la paz?: SÍ - ¿Se requiere su autorización para el ingreso de tropas extranjeras?: SÍ - ¿Se requiere su autorización para el egreso de tropas nacionales?: SÍ |
En relación al Control |
- ¿Se requiere su aprobación para el nombramiento
de oficiales superiores de las Fuerzas Armadas?: NO - ¿Pueden acusar a oficiales de las Fuerzas Armadas?: SÍ(1) - ¿Puede juzgar funcionarios?: SÍ(2) - ¿Participa en la elección de funcionarios de instituciones de control externo?: SÍ - ¿Puede introducir modificaciones en el presupuesto nacional?: SÍ |
Estados de Excepción |
Denominación: Estado de Asamblea
Causa: Guerra externa. Participación del Poder Legislativo: Requiere acuerdo del Congreso. Denominación: Estado de Sitio Causa: Guerra interna. Grave conmoción interior. Participación del Poder Legislativo: Requiere acuerdo del Congreso. Denominación: Estado de catástrofe Causa: Calamidad pública Participación del Poder Legislativo: El Presidente debe informar al Congreso las medidas adoptadas. Requiere acuerdo del Congreso en caso se extenderse por más de un año. Denominación: Estado de Emergencia Causa: Grave alteración del orden público. Grave daño para la seguridad nacional. Participación del Poder Legislativo: El Presidente debe informar al Congreso las medidas adoptadas. Requiere acuerdo del Congreso en caso se extenderse por más de quince días. |
(1) Generales y Almirantes.
(2) Corresponde al Senado.
Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución.
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Fuente: Elaboración propia en base a a la información suministrada por el Poder Legislativo.
Organización del Sistema |
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Funciones | Nivel Poderes del Estado | El Presidente de la República detenta las siguientes atribuciones: dispone, organiza y distribuye las fuerzas de aire,
mar y tierra; asume en caso de guerra, la Jefatura Suprema de las Fuerzas Armadas; declara la guerra, previa autorización
por ley, debiendo dejar constancia de haber oído al Consejo de Seguridad Nacional; y declara, con la concurrencia
de otros órganos del Estado, los estados de excepción constitucional de asamblea y de sitio. El Consejo de Seguridad Nacional (COSENA) es un organismo que asesora al Presidente de la República en cualquier materia de seguridad nacional que él solicite y tiene la facultad de hacer presente al Presidente, al Congreso Nacional o al Tribunal Constitucional, su opinión frente a cualquier hecho, acto o materia que, a su juicio, atente gravemente en contra de las bases de la institucionalidad o pueda comprometer la seguridad nacional. Este consejo puede ser convocado por el Presidente, o a solicitud de dos de sus miembros, y sus acuerdos se adoptan por mayoría absoluta de los miembros en ejercicio con derecho a voto (Presidente de la República, Presidente del Senado, Presidente de la Corte Suprema, Contralor General de la República, Comandantes en Jefes de las Fuerzas Armadas y General Director de Carabineros). El Consejo Superior de Seguridad Nacional (CONSUSENA) es un organismo que asesora al Presidente de la República en todo lo que se refiera a la seguridad de la Nación y al mantenimiento de la integridad territorial del país. Además tiene la responsabilidad de analizar y proponer las medidas que, en cumplimiento de las decisiones y orientaciones del Presidente, apunten a coordinar la labor de los diversos ministerios. Lo componen el Presidente de la República, Ministro del Interior, Ministro de Relaciones Exteriores, Ministro de Defensa Nacional, Ministro de Economía, Ministro de Hacienda, Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, Director de Fronteras y Límites del Estado y el Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional. Las comisiones de defensa del Congreso, cumplen las funciones de analizar e informar al plenario todos los proyectos de ley relativos a la defensa nacional, en general, y a las Fuerzas Armadas, en particular. |
Nivel Ministerial |
Al Ministro de Defensa Nacional le corresponde la planificación y dirección general de las actividades del ministerio,
y prestar colaboración directa e inmediata al Presidente en la conducción de la defensa nacional, tanto en tiempo
de paz como en tiempo de guerra. Para cumplir sus funciones el Ministro cuenta con la asesoría de la Junta de Comandantes en Jefe en todas las materias que incumban a las Fuerzas Armadas. La integran los tres Comandantes en Jefe presididos por el Ministro de Defensa, en tiempos de paz, y por un funcionario militar designado por el Presidente, en tiempos de guerra. Su organismo permanente de trabajo es el Estado Mayor de la Defensa Nacional (EMDN). El EMDN es el organismo permanente de asesoría, trabajo y coordinación del Ministro de Defensa en todo lo relativo a la preparación y empleo de las Fuerzas Armadas. Lo integran los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas bajo el mando del Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional (cargo desempeñado en forma rotativa por las tres instituciones armadas). Las Subsecretarías de Guerra, Marina, Aviación, Carabineros y de Investigación son órganos de asesoría y colaboración del Ministro de Defensa. Además de las tareas específicas que disponga el Ministro, la función de cada una de ellas es analizar y atender las materias administrativas en relación con la institución a la que sirven, así como dar impulso a todas las iniciativas y proyectos que sean de beneficio de las áreas. El Consejo Superior de Defensa Nacional (CONSUDENA) controla las inversiones que se hagan con cargo a la Ley Reservada del Cobre. Es presidido por el Ministro de Defensa y lo integran los Ministros de Relaciones Exteriores; de Hacienda; los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas; Subsecretarios de Guerra, Marina y Aviación; Jefes de Estados Mayores de las Fuerzas Armadas; y el Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional. |
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Nivel Militar | Los Comandantes en Jefes de las Fuerzas Armadas ejercen el gobierno y administración de sus respectivas Fuerzas. En particular, dirigen la preparación para la guerra de sus respectivos elementos operacionales y su apoyo logístico. |
[Vea el organigrama]
Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución y Libro de la Defensa Nacional (2002).
El Ministerio de Defensa Nacional |
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Misión | El Ministerio de Defensa Nacional es el órgano superior de colaboración del Presidente de la República en las funciones de gobierno y administración del sector de la defensa nacional. Es el organismo público mediante el cual el Jefe del Estado orienta y dirige la defensa del país. Para estos efectos, a su titular le corresponde, entre otras responsabilidades, proponer la política de defensa nacional y las políticas específicas y planes que de ésta se deriven. |
Año de creación | 1932 |
Ministro actual (marzo 2007) | José Goñi Carrasco |
¿Pueden los militares ser Ministros de Defensa? | Sí (si están retirados) |
Cantidad de militares que fueron Ministros de Defensa desde su creación | 18 |
Cantidad de civiles que fueron Ministros de Defensa desde su creación | 28 |
¿Hubo mujeres a cargo del Ministerio de Defensa? | Si (Michelle Bachelet, 2002-2004 y Vivianne Blanlot 2006-2007). |
Permanencia promedio en
el cargo de los Ministros de
Defensa 1 año y 6 meses |
[Vea el organigrama]
Fuente: Elaboración propia en base al Libro de la Defensa Nacional (2002).
Educación para la Defensa |
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Principales Cursos de Especialización en el Área |
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Curso | Institución | |
- Magíster en Historia Militar y Pensamiento Estratégico - Diplomado Corresponsales de Defensa - Diplomado en Estudios de Seguridad y Defensa - Magíster en Ciencias Militares, Mención en Estudios de Seguridad y Defensa |
Academia de Guerra del Ejército | |
- Magíster en Administración de Empresas, Mención en Defensa - Diplomado en Dirección de Proyectos de Defensa |
Universidad Andres Bello | |
- Diplomado en Estudios Políticos y Estratégico - Magíster en Seguridad y Defensa, Mención en Economía de Defensa y en Política de Defensa - Introducción a los Estudios de Seguridad y Defensa - La Política de Defensa y Medio de Comunicación Social - La Política Exterior y de Defensa de Chile (en conjunto con la Academia Diplomática Andrés Bello) - Negociación en Escenarios Complejos - Seguridad Internacional y las Operaciones de Paz |
Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos (ANEPE) | |
-Curso de Operaciones de Paz para Oficiales y Civiles, Mención en Cooperación Civil – Militar | Centro Conjunto para Operaciones de Paz (CECOPAC) | |
- Magíster en Ciencia Política, Mención de Estudios de Defensa | Pontificia Universidad Católica de Chile |
Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las instituciones mencionadas. En el caso de los Centros de entrenamiento para operaciones de paz, se referencian los cursos que están abiertos a interesados civiles.
Carrera Militar |
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FUERZA TERRESTRE |
FUERZA NAVAL |
FUERZA AÉREA |
Escuela Militar Duración: 5 años Título de Egreso: Licenciatura en Ciencias Militares Grado de Egreso: Alférez |
Escuela Naval Duración: 4 años Título de Egreso: Licenciatura en Ciencias Grado de Egreso: Guardiamarina |
Escuela de Aviación Duración: 4 años Título de Egreso: Rama del Aire, Ingeniería Aeronáutica, Ingeniería de Ejecución en Defensa Aérea Grado de Egreso: Alférez |
Escuelas de Formación Intermedia |
Escuelas de Formación intermedia |
Escuelas de Formación Intermedia |
Subteniente |
Subteniente |
Subteniente |
Teniente |
Teniente Segundo |
Teniente |
Capitán |
Teniente Primero |
Capitán de Bandada |
Escuela de Estado Mayor |
Escuela de Estado Mayor |
Escuela de Estado Mayor |
Academia de Guerra del Ejército Mayor Teniente Coronel Coronel General de Brigada General de División General del Ejército |
Academia de Guerra Naval Capitán de Corbeta Capitán de Fragata Capitán de Navío Contralmirante Vicealmirante Almirante |
Academia de Guerra Aérea Comandante de Escuadrilla Comandante de Grupo Coronel de Aviación General de Brigada Aérea General de Aviación General de Aire |
Ingreso a la Escuela Militar - 2008 - Aspirantes: 1.260 Ingresantes: 207 Ingresaron1 de cada 6 aspirantes |
Ingreso a la Escuela Naval - 2008 - Aspirantes: 539 Ingresantes: 166 ngresaron 1 de cada 3 aspirantes |
Ingreso a la Escuela de Aviación - 2008 - Aspirantes: 630 Ingresantes: 120 Ingresaron 1 de cada 5 aspirantes |
Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las instituciones mencionadas y la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas (Nº 18.948 - 27/02/1990. Última Reforma: Ley Nº 19.806 - 31/05/2002). Ingreso a la Academia: Ministerio de Defensa Nacional.
Las Fuerzas Armadas |
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Misión General |
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Las Fuerzas Armadas existen para la defensa de la Patria y son esenciales para la seguridad nacional. El resguardo del orden
público durante los actos electorales y plebiscitarios corresponderá a las Fuerzas Armadas. |
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Misiones Particulares |
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Fuerza Terrestre |
Fuerza Naval |
Fuerza Aérea |
El Ejército tiene por misión contribuir a mantener
la integridad territorial y la soberanía nacional.
En consecuencia, le corresponde participar
en la defensa terrestre del país ante toda acción
impulsada desde el exterior que amenace o
atente contra ellas. Concretamente, su misión apunta a prevenir un conflicto, disuadiendo a cualquier potencial adversario y, si es necesario, neutralizándolo, con el propósito de resguardar la soberanía y mantener la integridad territorial de nuestro país. Participa y contribuye de diversas formas, y con variada intensidad, en el desarrollo económico y social del país, dentro del orden jurídico, sin desnaturalizar su función primordial. Asimismo, efectúa labores de resguardo y apoyo durante los estados de emergencia interna o de catástrofes naturales, de acuerdo a normas constitucionales específicas que regulan su ejecución. Fuerza Terrestre Oficiales y suboficiales: 23.553 Tropa: 16.358 TOTAL: 39.911 |
La Armada de Chile tiene como misión fundamental
participar permanentemente en la seguridad exterior y
defensa militar del país en resguardo de su soberanía
e integridad territorial. Para ello realiza acciones en
tiempo de paz y en tiempo de guerra. En tiempo de paz: contribuir al desarrollo del poderío marítimo de Chile, brindando seguridad a la navegación, fomentando las actividades marítimas y el desarrollo portuario, manteniendo la cartografía y la señalización marítima, y efectuando inspecciones y vigilancia que otorguen seguridad a la vida humana en el mar. Vigilar el territorio marítimo nacional. Apoyar el desarrollo nacional, comunicando por mar zonas aisladas y asistiendo a quienes habitan en ellas. Cumplir tareas de vigilancia, búsqueda, rescate y seguridad marítima en la zona marítima de responsabilidad nacional, conforme a los instrumentos internacionales que regulan esta materia. En tiempo de guerra: desarrollar operaciones destinadas a permitir que Chile pueda, en todo momento, hacer libre uso del mar como vía de comunicaciones para sostener el esfuerzo de la guerra y salvaguardar el comercio internacional. Contribuir a proyectar el poder militar de la Nación sobre el territorio adversario y, a su vez, impedir la proyección del poder militar adversario desde el mar. Apoyar el esfuerzo bélico de otras ramas de las Fuerzas Armadas. Fuerza Naval Oficialesy Suboficiales: 18.041 Tropa: 1.634 TOTAL:19.675 |
La misión de la Fuerza Aérea de Chile es defender
el país por medio del control y explotación
del espacio aéreo, la participación en la batalla
de superficie y el apoyo a fuerzas propias y
amigas, con el propósito de contribuir a los
objetivos estratégicos que la política nacional le
fija a las Fuerzas Armadas. Fuerza Aérea Oficiales y Suboficiales: 10.731 Tropa: 600 TOTAL:11.331 |
Total de Fuerzas: 70.917 |
Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las páginas web de las instituciones mencionadas y Libro de la Defensa Nacional (2002) (misiones). Ministerio de Defensa Nacional (efectivos).
La mujer en las Fuerzas Armadas |
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Fuerza Terrestre |
Fuerza Naval |
Fuerza Aérea |
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Año de Ingreso (Oficiales) |
Cuerpo Profesional |
1974 |
2003 |
1974 |
Cuerpo Comando |
1995 |
2007 |
2000 |
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Grados que alcanzan |
Todos los Grados |
Todos los Grados |
Todos los Grados |
Por “cuerpo comando” se considera a aquellos militares formados para cumplir misiones relativas al combate y que tienen capacidad de mando.
Por “cuerpo profesional” se considera a aquellos militares que se forman o se incorporan a las fuerzas, para brindar servicios de apoyo técnicos y/o
profesionales.
Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por el Ministerio de Defensa Nacional.
Fuente: Información suministrada por el Ejército de Chile. El país en donde el agregado reside, es considerado aquí como la sede, más allá de que pueda estar acreditado en uno o más países.