El Marco Legal

La Legislación Nacional
Sistemas y Conceptos Organización Militar
- Ley que crea el Consejo Superior de la Defensa Nacional (Nº 7.144 - 05/01/1942)
- Decreto que crea el Consejo Superior de Seguridad Nacional y la Junta de Comandantes en Jefe (DFL Nº 181 - 05/04/1960. Última Reforma: DFL Nº 2 - 16/09/1967)
- Ley que dicta Normas sobre Movilización (Nº 18.953 - 09/03/1990)
- Decreto-Ley que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (Nº 19.653 - 17/11/2001. Última Reforma: Ley Nº 19.882 - 23/06/2003)
- Ley sobre el Sistema de Inteligencia de Estado, crea la Agencia Nacional de Inteligencia (Nº 19.974 - 02/10/2004)
- Código de Justicia Militar (Decreto Ley Nº 806 - 23/12/1925. Última Reforma: Ley Nº 20.084 - 07/12/2005)
- Ley Reservada del Cobre (Nº 13.196 - 29/11/1958)
- Decreto-Ley sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas (Nº 2.306 - 12/09/1978. Última Reforma: Ley Nº 20.045 - 10/03/2005)
- Decreto-Ley del Ministerio Público Militar (Nº 3.425 - 14/06/1980)
- Decreto que establece Normas sobre Constitución, Misión, Dependencia y Funciones de las Fuerzas Armadas (DS Nº 272 - 16/03/1985)
- Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas (Nº 18.948 - 27/02/1990. Última Reforma: Ley Nº 19.806 - 31/05/2002)*
- Ley que moderniza el Servicio Militar Obligatorio (Nº 20.045 - 10/09/2005)

* Una reforma a esta legislación que crea una planta de tropa profesional, fue aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado. Al cierre de la edición estaba pendiente la promulgación.

Fuente: Elaboración propia en base a la legislación mencionada. Para las disposiciones constitucionales ver Capítulo 1.

Militares y Participación Política


Retirados

En actividad

Posibilidad de Voto

Presentación de Candidaturas

(*)

NO

(*) Luego de un año en situación de retiro.
Fuente: Constitución.

 

Tratados Internacionales

Sobre Seguridad Hemisférica - Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR)
Firma: 02/09/1947
Depósito: 09/02/1949
- Tratado Americano de Soluciones Pacíficas (Pacto de Bogotá)
Firma: 30/04/1948
Depósito: 15/04/1974
Sobre Armamento - Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco)
Firma: 14/02/1967
Depósito: 09/10/1974
- Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares
Adhesión: 25/05/1995
- Convención para la Prohibición de Armas Químicas
Firma: 14/01/1993
Depósito: 12/07/1996
- Convención sobre la Prohibición de Minas Antipersonales (Convención de Ottawa)
Firma: 03/12/1997
Depósito: 10/09/2001
- Convención sobre el Desarrollo, Producción, y Acumulación de Armas Tóxicas y Bactereológicas y su Destrucción
Firma: 10/04/1972
Depósito: 22/04/1980
- Convención sobre la Prohibición del Uso Militar u Hostil de Técnicas de Modificación Ambiental
Adhesión: 26/04/1994
- Convención sobre la Prohibición o Restricción del Uso de Ciertas Armas Convencionales con Excesivos Daños o Efectos Indiscriminados
Adhesión: 15/10/2003
- Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados
Firma: 14/11/1997
Depósito: 23/10/2003
- Convención Interamericana sobre Transparencia en las Adquisiciones de Armas Convencionales
Firma: 07/06/1999
Ratificación: 30/01/2006
- Tratado de Ensayos Nucleares (CTBT)
Firma: 24/09/1996
Depósito:12/07/2000
Sobre Derechos Humanos y Justicia - Convención Interamericana sobre Derechos Humanos (Pacto San José de Costa Rica):
Firma: 22/11/1969
Depósito: 21/08/1990
- Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas:
Firma: 10/06/1994
Depósito: No Ratifica
- Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura:
Firma: 24/09/1987
Depósito: 30/09/1988
- Corte Penal Internacional:
Firma: 11/09/1998 No Ratifica
Sobre el Sistema Hemisférico - Carta de la Organización de los Estados Americanos
Firma: 30/04/1948
Depósito: 05/06/1953
- Tratado Antártico
Firma: 01/12/1959
Depósito: 23/06/1961

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las páginas web de la Oficina de Derecho Internacional de la OEA y Oficina de Asuntos Legales de la ONU.


El presupuesto

Presupuesto del Estado 2008 Moneda local 20.212.461.394.137
US$ 37.017.804.099
PBI 2008 (en US$) 169.919.000.000
Presupuesto de Defensa 2008 Moneda local 2.441.284.175.450
US$ 4.471.052.664
% del PBI 2,63%
% del presupuesto del Estado 8,49%(*)

(*)Sin recursos extrapresupuestarios

El Presupuesto de Defensa 2008 (en Moneda Local)

Partidas Gastos en Personal* Bienes y Servicios de Consumo Otros** TOTAL
Ministerio de Defensa
 
 
 
 
Ejército de Chile
246.888.876.450
61.396.660.000
5.617.641.450
313.903.177.900
Conducción Superior
1.889.611.000
1.919.285.050
18.410.508.400
22.219.404.450
Organismos de Salud
20.327.964.000
15.106.307.000
4.012.908.000
39.447.179.000
Organismos de Industria Militar
1.701.883.000
618.495.000
396.740.000
2.717.118.000
Armada de Chile
159.495.158.950
73.689.192.000
7.225.700.350
240.410.051.300
Subsecretaría de Marina
581.718.000
272.684.000
20.288.000
874.690.000
Dirección General Territorio Marítimo
7.425.781.000
22.604.601.000
13.989.836.000
44.020.218.000
Dirección de Sanidad
13.318.781.000
26.213.700.000
4.806.244.000
44.338.725.000
Fuerza Aérea de Chile
99.934.009.150
48.061.710.800
4.849.651.850
152.845.371.800
Subsecretaría de Aviación
392.203.000
214.587.000
71.026.000
677.816.000
Dirección General Movilización Nacional
739.223.000
1.357.613.000
1.348.227.000
3.445.063.000
Organismos de salud de la Fach
7.443.559.000
8.574.713.000
1.822.186.000
17.840.458.000
Dirección Administrativa Ministerio Defensa
903.757.000
558.357.000
34.953.000
1.497.067.000
Instituto Geográfico Militar
1.386.214.000
1.136.243.000
410.721.000
2.933.178.000
Servicio Hidrográfico Oceanográfico Armada
1.165.457.000
1.417.505.000
694.205.000
3.277.167.000
Dirección General Aeronáutica Civil
43.554.045.000
17.276.838.000
31.881.163.000
92.712.046.000
Servicio Aerofotogramétrico Fach
493.567.000
564.425.000
449.693.000
1.507.685.000
Ministerio del Trabajo y Previsión Social
 
 
 
 
Caja de Previsión de la Defensa Nacional
616.219.021.000
1.976.116.000
113.406.623.000
731.601.760.000
Subtotal
1.223.860.828.550
282.959.031.850
209.448.315.050
1.716.268.175.450
Extrapresupuestario Codelco-Ley Reservada del Cobre***
 
 
 
725.016.000.000
TOTAL
 
 
 
2.441.284.175.450

* Incluye Prestaciones de Seguridad Social.
** Transferencias Corrientes y de Capital, Integros al Fisco, Otros Gastos Corrientes, Adquisición de Activos Financieros y No Financieros, Inciativas de Inversión, Préstamos, y Saldo Final de Caja.
*** Fuente: Estado de Operaciones de Gobierno 2007, Gobierno Central Extrapresupuestario. Dirección de Presupuesto, Ministerio de Hacienda de la República de Chile. Se han tomado los valores correspondientes por las ventas de 2007.

Fuente: Elaboración propia en base a la Ley de Presupuestos del Sector Público para el Año 2008. Se considera aquí el Presupuesto del Estado, lo que el Congreso aprobó en la ley antecitada. PBI 2008: Proyección del World Economic Outlook Database, FMI. Se ha tomado esta fuente con fines comparativos. Cada país elabora el presupuesto en base a su propia estimación de PBI. En el caso de la tabla expresada en moneda nacional, para los montos expresados en dólares en el presupuesto, se utilizó un tipo de cambio de 506,95 promedio de cifras del Banco Central de Chile. Las expresiones vertidas en negrita (tabla) identifican las diferentes partidas relacionadas con defensa que pueden encontrarse en una clasificación sectorial o institucional en la ley de presupuesto.


Las Definiciones Políticas

Conceptos
¿Qué es Defensa? Es una de las funciones básicas del Estado, cuyo propósito es proteger a la población, preservar el territorio nacional y resguardar la capacidad del Estado para el ejercicio de su soberanía frente a amenazas externas contra estos elementos fundamentales del país, así como apoyar el logro de los objetivos nacionales en el ámbito internacional. La defensa debe ser considerada como un bien público en un sentido integral. Cumple una función social básica para la existencia de la sociedad y no puede ser provista sino por el Estado. Como parte de la seguridad que requiere el país, la defensa concurre a hacer posible el desarrollo de la sociedad. (Libro de la Defensa Nacional, 2002)
¿Qué es Seguridad? La seguridad consiste en una condición que se desea establecer para que se realicen los fines del Estado y de la nación, particularmente los del desarrollo social y económico.
(Libro de la Defensa Nacional, 2002)


Participación en Misiones de Paz

Misiones en las cuales participa

Cantidad de Efectivos Militares

OM

T

MINUSTAH (Haití) - 499
UNMIK (Kosovo) 1 -
UNMOGIP (India y Pakistán) 2 -
UNTSO (Israel y Palestina) 4 -

OM: Observadores militares - T: Tropa.
Fuente: Elaboración propia en base a documentos del Departamento de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas (http://www.un.org/Depts/dpko/dpko/index.asp). Datos al 30 de junio de 2008.

        


Presentación de Registros a Naciones Unidas
  1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007
Gastos Militares * * * * *     *   * * * * * *  
Armas Convencionales * * * * * * * * * * * * * * * s/d

Fuente: Elaboración propia en base a los reportes presentados ante el Registro de Armas Convencionales y al Informe Estandarizado Internacional sobre Gastos Militares, de las Naciones Unidas. La publicación de los datos del Registro de Armas Convencionales correspondientes a 2007, es esperada para agosto de 2008.


Facultades Constitucionales del Congreso

En relación a la Guerra y la Paz - ¿Puede declarar la guerra?: NO
- ¿Se requiere su autorización para declarar la guerra? SÍ
- ¿Puede celebrar la paz?: NO
- ¿Se requiere su autorización para celebrar la paz?: SÍ
- ¿Se requiere su autorización para el ingreso de tropas extranjeras?: SÍ
- ¿Se requiere su autorización para el egreso de tropas nacionales?: SÍ
En relación al Control - ¿Se requiere su aprobación para el nombramiento de oficiales superiores de las Fuerzas Armadas?: NO
- ¿Pueden acusar a oficiales de las Fuerzas Armadas?: SÍ(1)
- ¿Puede juzgar funcionarios?: SÍ(2)
- ¿Participa en la elección de funcionarios de instituciones de control externo?: SÍ
- ¿Puede introducir modificaciones en el presupuesto nacional?: SÍ
Estados de Excepción Denominación: Estado de Asamblea Causa: Guerra externa.
Participación del Poder Legislativo: Requiere acuerdo del Congreso.

Denominación: Estado de Sitio Causa: Guerra interna. Grave conmoción interior.
Participación del Poder Legislativo: Requiere acuerdo del Congreso.

Denominación: Estado de catástrofe
Causa: Calamidad pública
Participación del Poder Legislativo: El Presidente debe informar al Congreso las medidas adoptadas. Requiere acuerdo del Congreso en caso se extenderse por más de un año.

Denominación: Estado de Emergencia
Causa: Grave alteración del orden público. Grave daño para la seguridad nacional.
Participación del Poder Legislativo: El Presidente debe informar al Congreso las medidas adoptadas. Requiere acuerdo del Congreso en caso se extenderse por más de quince días.

(1) Generales y Almirantes.
(2) Corresponde al Senado.

Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución.


Fuente: Elaboración propia en base a a la información suministrada por el Poder Legislativo.


Organización del Sistema

Funciones Nivel Poderes del Estado El Presidente de la República detenta las siguientes atribuciones: dispone, organiza y distribuye las fuerzas de aire, mar y tierra; asume en caso de guerra, la Jefatura Suprema de las Fuerzas Armadas; declara la guerra, previa autorización por ley, debiendo dejar constancia de haber oído al Consejo de Seguridad Nacional; y declara, con la concurrencia de otros órganos del Estado, los estados de excepción constitucional de asamblea y de sitio.
El Consejo de Seguridad Nacional (COSENA) es un organismo que asesora al Presidente de la República en cualquier materia de seguridad nacional que él solicite y tiene la facultad de hacer presente al Presidente, al Congreso Nacional o al Tribunal Constitucional, su opinión frente a cualquier hecho, acto o materia que, a su juicio, atente gravemente en contra de las bases de la institucionalidad o pueda comprometer la seguridad nacional. Este consejo puede ser convocado por el Presidente, o a solicitud de dos de sus miembros, y sus acuerdos se adoptan por mayoría absoluta de los miembros en ejercicio con derecho a voto (Presidente de la República, Presidente del Senado, Presidente de la Corte Suprema, Contralor General de la República, Comandantes en Jefes de las Fuerzas Armadas y General Director de Carabineros).
El Consejo Superior de Seguridad Nacional (CONSUSENA) es un organismo que asesora al Presidente de la República en todo lo que se refiera a la seguridad de la Nación y al mantenimiento de la integridad territorial del país. Además tiene la responsabilidad de analizar y proponer las medidas que, en cumplimiento de las decisiones y orientaciones del Presidente, apunten a coordinar la labor de los diversos ministerios. Lo componen el Presidente de la República, Ministro del Interior, Ministro de Relaciones Exteriores, Ministro de Defensa Nacional, Ministro de Economía, Ministro de Hacienda, Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, Director de Fronteras y Límites del Estado y el Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
Las comisiones de defensa del Congreso, cumplen las funciones de analizar e informar al plenario todos los proyectos de ley relativos a la defensa nacional, en general, y a las Fuerzas Armadas, en particular.
Nivel Ministerial Al Ministro de Defensa Nacional le corresponde la planificación y dirección general de las actividades del ministerio, y prestar colaboración directa e inmediata al Presidente en la conducción de la defensa nacional, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra.
Para cumplir sus funciones el Ministro cuenta con la asesoría de la Junta de Comandantes en Jefe en todas las materias que incumban a las Fuerzas Armadas. La integran los tres Comandantes en Jefe presididos por el Ministro de Defensa, en tiempos de paz, y por un funcionario militar designado por el Presidente, en tiempos de guerra. Su organismo permanente de trabajo es el Estado Mayor de la Defensa Nacional (EMDN).
El EMDN es el organismo permanente de asesoría, trabajo y coordinación del Ministro de Defensa en todo lo relativo a la preparación y empleo de las Fuerzas Armadas. Lo integran los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas bajo el mando del Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional (cargo desempeñado en forma rotativa por las tres instituciones armadas).
Las Subsecretarías de Guerra, Marina, Aviación, Carabineros y de Investigación son órganos de asesoría y colaboración del Ministro de Defensa. Además de las tareas específicas que disponga el Ministro, la función de cada una de ellas es analizar y atender las materias administrativas en relación con la institución a la que sirven, así como dar impulso a todas las iniciativas y proyectos que sean de beneficio de las áreas.
El Consejo Superior de Defensa Nacional (CONSUDENA) controla las inversiones que se hagan con cargo a la Ley Reservada del Cobre. Es presidido por el Ministro de Defensa y lo integran los Ministros de Relaciones Exteriores; de Hacienda; los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas; Subsecretarios de Guerra, Marina y Aviación; Jefes de Estados Mayores de las Fuerzas Armadas; y el Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
Nivel Militar Los Comandantes en Jefes de las Fuerzas Armadas ejercen el gobierno y administración de sus respectivas Fuerzas. En particular, dirigen la preparación para la guerra de sus respectivos elementos operacionales y su apoyo logístico.

[Vea el organigrama]

Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución y Libro de la Defensa Nacional (2002).


El Ministerio de Defensa Nacional

Misión El Ministerio de Defensa Nacional es el órgano superior de colaboración del Presidente de la República en las funciones de gobierno y administración del sector de la defensa nacional. Es el organismo público mediante el cual el Jefe del Estado orienta y dirige la defensa del país. Para estos efectos, a su titular le corresponde, entre otras responsabilidades, proponer la política de defensa nacional y las políticas específicas y planes que de ésta se deriven.
Año de creación 1932
Ministro actual (marzo 2007) José Goñi Carrasco
¿Pueden los militares ser Ministros de Defensa? Sí (si están retirados)
Cantidad de militares que fueron Ministros de Defensa desde su creación 18
Cantidad de civiles que fueron Ministros de Defensa desde su creación 28
¿Hubo mujeres a cargo del Ministerio de Defensa? Si (Michelle Bachelet, 2002-2004 y Vivianne Blanlot 2006-2007).

[No se considera la gestión actual. El año de creación corresponde a la fecha en que el término “Defensa” pasa a formar parte del nombre de la institución]


Permanencia promedio en el cargo de los Ministros de Defensa

1 año y 6 meses


Fuente: Libro Blanco de la Defensa Nacional (2002) e información brindada por el Ministerio de Defensa.


[Vea el organigrama]

Fuente: Elaboración propia en base al Libro de la Defensa Nacional (2002).


Educación para la Defensa

Principales Cursos de Especialización en el Área

Curso Institución
- Magíster en Historia Militar y Pensamiento Estratégico
- Diplomado Corresponsales de Defensa
- Diplomado en Estudios de Seguridad y Defensa
- Magíster en Ciencias Militares, Mención en Estudios de Seguridad y Defensa
Academia de Guerra del Ejército
- Magíster en Administración de Empresas, Mención en Defensa
- Diplomado en Dirección de Proyectos de Defensa
Universidad Andres Bello
- Diplomado en Estudios Políticos y Estratégico
- Magíster en Seguridad y Defensa, Mención en Economía de Defensa y en Política de Defensa
- Introducción a los Estudios de Seguridad y Defensa
- La Política de Defensa y Medio de Comunicación Social
- La Política Exterior y de Defensa de Chile (en conjunto con la Academia Diplomática Andrés Bello)
- Negociación en Escenarios Complejos
- Seguridad Internacional y las Operaciones de Paz
Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos (ANEPE)
-Curso de Operaciones de Paz para Oficiales y Civiles, Mención en Cooperación Civil – Militar Centro Conjunto para Operaciones de Paz (CECOPAC)
- Magíster en Ciencia Política, Mención de Estudios de Defensa Pontificia Universidad Católica de Chile

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las instituciones mencionadas. En el caso de los Centros de entrenamiento para operaciones de paz, se referencian los cursos que están abiertos a interesados civiles.



Carrera Militar

FUERZA TERRESTRE

FUERZA NAVAL

FUERZA AÉREA

Escuela Militar
Duración: 5 años
Título de Egreso: Licenciatura en Ciencias Militares
Grado de Egreso: Alférez
Escuela Naval
Duración: 4 años
Título de Egreso: Licenciatura en Ciencias
Grado de Egreso: Guardiamarina
Escuela de Aviación
Duración: 4 años
Título de Egreso: Rama del Aire, Ingeniería Aeronáutica, Ingeniería de Ejecución en Defensa Aérea
Grado de Egreso: Alférez
Escuelas de Formación Intermedia
Escuelas de Formación intermedia
Escuelas de Formación Intermedia
Subteniente
Subteniente
Subteniente
Teniente
Teniente Segundo
Teniente
Capitán
Teniente Primero
Capitán de Bandada
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Estado Mayor
Academia de Guerra del Ejército
Mayor
Teniente Coronel
Coronel
General de Brigada
General de División
General del Ejército
Academia de Guerra Naval
Capitán de Corbeta
Capitán de Fragata
Capitán de Navío
Contralmirante
Vicealmirante
Almirante
Academia de Guerra Aérea
Comandante de Escuadrilla
Comandante de Grupo
Coronel de Aviación
General de Brigada Aérea
General de Aviación
General de Aire
Ingreso a la Escuela Militar - 2008 -
Aspirantes: 1.260
Ingresantes: 207
Ingresaron1 de cada 6 aspirantes
Ingreso a la Escuela Naval - 2008 -
Aspirantes: 539
Ingresantes: 166
ngresaron 1 de cada 3 aspirantes
Ingreso a la Escuela de Aviación - 2008 -
Aspirantes: 630
Ingresantes: 120
Ingresaron 1 de cada 5 aspirantes

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las instituciones mencionadas y la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas (Nº 18.948 - 27/02/1990. Última Reforma: Ley Nº 19.806 - 31/05/2002). Ingreso a la Academia: Ministerio de Defensa Nacional.



Las Fuerzas Armadas

Misión General

Las Fuerzas Armadas existen para la defensa de la Patria y son esenciales para la seguridad nacional. El resguardo del orden público durante los actos electorales y plebiscitarios corresponderá a las Fuerzas Armadas.
(Constitución Política, Arts. 101 y 18).
La misión general de las Fuerzas Armadas es disuadir o combatir toda amenaza externa con el propósito de resguardar la soberanía y mantener la integridad territorial. También cooperan con fuerzas militares de otros países en iniciativas bilaterales o multilaterales, siempre de acuerdo con el interés nacional.
(Libro de la Defensa Nacional, 2002).

Misiones Particulares

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

El Ejército tiene por misión contribuir a mantener la integridad territorial y la soberanía nacional. En consecuencia, le corresponde participar en la defensa terrestre del país ante toda acción impulsada desde el exterior que amenace o atente contra ellas.
Concretamente, su misión apunta a prevenir un conflicto, disuadiendo a cualquier potencial adversario y, si es necesario, neutralizándolo, con el propósito de resguardar la soberanía y mantener la integridad territorial de nuestro país.
Participa y contribuye de diversas formas, y con variada intensidad, en el desarrollo económico y social del país, dentro del orden jurídico, sin desnaturalizar su función primordial. Asimismo, efectúa labores de resguardo y apoyo durante los estados de emergencia interna o de catástrofes naturales, de acuerdo a normas constitucionales específicas que regulan su ejecución.

Fuerza Terrestre
Oficiales y suboficiales: 23.553
Tropa: 16.358
TOTAL: 39.911
La Armada de Chile tiene como misión fundamental participar permanentemente en la seguridad exterior y defensa militar del país en resguardo de su soberanía e integridad territorial. Para ello realiza acciones en tiempo de paz y en tiempo de guerra.
En tiempo de paz: contribuir al desarrollo del poderío marítimo de Chile, brindando seguridad a la navegación, fomentando las actividades marítimas y el desarrollo portuario, manteniendo la cartografía y la señalización marítima, y efectuando inspecciones y vigilancia que otorguen seguridad a la vida humana en el mar. Vigilar el territorio marítimo nacional. Apoyar el desarrollo nacional, comunicando por mar zonas aisladas y asistiendo a quienes habitan en ellas. Cumplir tareas de vigilancia, búsqueda, rescate y seguridad marítima en la zona marítima de responsabilidad nacional, conforme a los instrumentos internacionales que regulan esta materia.
En tiempo de guerra: desarrollar operaciones destinadas a permitir que Chile pueda, en todo momento, hacer libre uso del mar como vía de comunicaciones para sostener el esfuerzo de la guerra y salvaguardar el comercio internacional. Contribuir a proyectar el poder militar de la Nación sobre el territorio adversario y, a su vez, impedir la proyección del poder militar adversario desde el mar. Apoyar el esfuerzo bélico de otras ramas de las Fuerzas Armadas.

Fuerza Naval
Oficialesy Suboficiales: 18.041
Tropa: 1.634
TOTAL:19.675
La misión de la Fuerza Aérea de Chile es defender el país por medio del control y explotación del espacio aéreo, la participación en la batalla de superficie y el apoyo a fuerzas propias y amigas, con el propósito de contribuir a los objetivos estratégicos que la política nacional le fija a las Fuerzas Armadas.

Fuerza Aérea
Oficiales y Suboficiales: 10.731
Tropa: 600
TOTAL:11.331

Total de Fuerzas: 70.917


Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las páginas web de las instituciones mencionadas y Libro de la Defensa Nacional (2002) (misiones). Ministerio de Defensa Nacional (efectivos).


La mujer en las Fuerzas Armadas

 

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

Año de Ingreso (Oficiales)

Cuerpo Profesional

1974

2003

1974

Cuerpo Comando

1995

2007

2000

Grados que alcanzan

Todos los Grados

Todos los Grados

Todos los Grados

Por “cuerpo comando” se considera a aquellos militares formados para cumplir misiones relativas al combate y que tienen capacidad de mando.
Por “cuerpo profesional” se considera a aquellos militares que se forman o se incorporan a las fuerzas, para brindar servicios de apoyo técnicos y/o profesionales.

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por el Ministerio de Defensa Nacional.


Fuente: Información suministrada por el Ejército de Chile. El país en donde el agregado reside, es considerado aquí como la sede, más allá de que pueda estar acreditado en uno o más países.