El Marco Legal

La Legislación Nacional
Sistemas y Conceptos Organización Militar
- Ley de Seguridad Nacional (Nº 275 - 09/08/1979)
- Reglamento General de la Ley de Seguridad Nacional (Codificación Nº 2264 – 12/03/1991)
- Ley Orgánica de la Defensa Nacional (Nº 74 - 19/01/2007)
- Código Penal Militar (Codificación Nº 27 - 06/11/1961)
- Código de Procedimiento Penal Militar (Codificación Nº 28 - 06/11/1961)
- Ley Orgánica del Servicio de Justicia en las Fuerzas Armadas (Codificación Nº 29 - 06/11/1961)
- Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (Nº 169 - 07/08/1992. Última Reforma: Ley Nº 82 - 31/07/2007)
- Ley del Servicio Militar Obligatorio en las Fuerzas Armadas Nacionales (Nº 68 - 15/09/1994)
- Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas (Nº 75 - 22/01/2007)

Fuente: Elaboración propia en base a la legislación mencionada. Ver capítulo comparativo para las disposiciones constitucionales.

Militares y Participación Política


Retirados

En actividad

Posibilidad de Voto NO
Presentación de Candidaturas NO

Fuente: Elaboración propia en base a la legislación mencionada. Para las disposiciones constitucionales ver Capítulo 1.

 

Tratados Internacionales

Sobre Seguridad Hemisférica - Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR)
Firma: 10/11/1949
Depósito: 07/11/1950
- Tratado Americano de Soluciones Pacíficas (Pacto de Bogotá)
Firma: 30/04/1948
Depósito: 07/03/2008
Sobre Armamento - Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco)
Firma: 14/02/1967
Depósito: 11//02/1969
- Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares
Firma: 09/07/1968
Depósito: 07/03/1969
- Convención para la Prohibición de Armas Químicas
Firma: 14/01/1993
Depósito: 06/09/1995
- Convención sobre la Prohibición de Minas Antipersonales (Convención de Ottawa)
Firma: 04/12/1997
Depósito: 29/04/1999
- Convención sobre el Desarrollo, Producción, y Acumulación de Armas Tóxicas y Bactereológicas y su Destrucción
Firma: 14/06/1972
Depósito: 12/03/1975
- Convención sobre la Prohibición o Restricción del Uso de Ciertas Armas Convencionales con Excesivos Daños o Efectos Indiscriminados
Firma: 09/09/1981
Depósito: 04/05/1982
- Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados
Firma: 14/11/1997
Depósito: 23/06/1999
- Convención Interamericana sobre Transparencia en las Adquisiciones de Armas Convencionales
Firma: 07/06/1999
Depósito: 21/05/2001
-Tratado de Ensayos Nucleares (CTBT)
Firma: 24/09/1996
Depósito: 12/11/2001
Sobre Derechos Humanos y Justicia - Convención Interamericana sobre Derechos Humanos (Pacto San José de Costa Rica)
Firma: 22/11/1969
Depósito: 28/12/1977
- Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas
Firma: 08/02/2000
Depósito: 07/07/2006
- Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura
Firma: 30/05/1986
Depósito: 09/11/1999
- Corte Penal Internacional
Firma: 07/10/1998
Depósito: 05/02/2002
Sobre el Sistema Hemisférico - Carta de la Organización de los Estados Americanos
Firma: 30/04/1948
Depósito: 28/12/1950
- Tratado Antártico
Adhesión: 15/09/1987

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las páginas web de la Oficina de Derecho Internacional de la OEA y Oficina de Asuntos Legales de la ONU.


El Presupuesto

Presupuesto del Estado 2008 Moneda local 15.817.954.065
   
PBI 2008 (en US$) 49.597.000.000
Presupuesto de Defensa 2008 (consolidado) Moneda local 1.691.776.803
   
% del PBI 3,41
% del presupuesto del Estado 10,70


Presupuesto de Defensa 2008 (en Moneda Local - US$)*

Sectores Gastos en Personal** Bienes y Servicios de Consumo Otros*** TOTAL
Defensa Nacional
 
 
 
 
Ministerio de Defensa****
723.860.419,04
111.739.788,61
25.832.275,25
861.432.482,90
Consejo de Seguridad Nacional*****
2.556.786,60
390.079,55
2.521.143,69
5.468.009,84
Instituto Geográfico Militar
6.870.801,24
14.002.928,50
3.992.551,95
24.866.281,69
Centro de Levantamientos Integrado de Recursos Naturales por Sensores Remotos
2.009.839,00
663.572,09
219.828,00
2.893.239,09
Hospital General de las Fuerzas Armadas Nº1******
13.899.627,92
9.698.485,81
964.810,50
24.562.924,23
Junta de Defensa Nacional*******
1.008.487,67
23.558.297,11
74.331.313,99
98.898.098,77
Instituto Antártico Ecuatoriano
84.488,00
529.460,00
59.500,00
673.448,00
Jurisdiccional
 
 
 
 
Corte de Justicia Militar
953.336,41
15.722,99
10.000,00
979.059,40
Educación
 
 
 
 
Instituto de Altos Estudios Nacionales
707.377,44
171.048,98
185.591,00
1.064.017,42
Escuela Politécnica del Ejército
18.695.100,00
8.113.200,00
17.488.252,00
44.296.552,00
Bienestar Social
 
 
 
 
Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas
320.535.373,00
1.696.445,00
305.392.063,39
627.623.881,39
TOTAL
1.091.181.636,32
170.579.028,64
430.997.329,77
1.692.757.994,73

* Datos tomados del presupuesto agregado para permitir la desagregación de grupos. La diferencia se aclara en cada caso.
** Incluye Prestaciones de la Seguridad Social.
*** Incluye Otros Gastos Corrientes, Transferencias y Donaciones Corrientes, Previsiones para Reasignaciones, Obras Públicas, Bienes de Larga Duración, Bienes y Servicios para Inversión, Inversiones Financieras, Transferencias y Donaciones para Inversión, Gastos en Personal para Inversión, Pasivo Circulante, y Otros Gastos de Inversión.
**** El presupuesto consolidado es de 860.811.682,63.
***** El presupuesto consolidado es de 24.866.281,69.
****** El presupuesto consolidado es de 24.484.826,23.
******* Institución autónoma. El presupuesto consolidado para esta unidad es 98.615.825,77.

Fuente: Elaboración propia en base a la Ley de Presupuesto General del Estado 2008. Se considera aquí el Presupuesto del Estado, lo que el Congreso aprobó en la ley antecitada.
PBI 2008: Proyección del World Economic Outlook Database, FMI. Se ha tomado esta fuente con fines comparativos. Cada país elabora el presupuesto en base a su propia estimación de PBI.
Las expresiones vertidas en negrita (tabla) identifican las diferentes partidas relacionadas con defensa que pueden encontrarse en una clasificación sectorial o institucional en la ley de presupuesto.

Las Definiciones Políticas

Conceptos
El Estado ecuatoriano sostiene el principio de no intervención en asuntos internos de otros Estados; rechaza la amenaza y el uso de la fuerza en las relaciones internacionales, fiel a los preceptos enmarcados en la política exterior y política de defensa, promoviendo la resolución pacífica de conflictos. Impulsa la solución de los conflictos internacionales e internos basada en mecanismos políticos, diplomáticos, jurídicos y otros no militares previstos en el derecho internacional. El Ecuador se abstendrá de participar en operaciones combinadas, coordinadas o conjuntas de carácter militar con Colombia.
(Plan Ecuador, 2007)
¿Qué es Defensa? La Defensa responde a los objetivos de la seguridad nacional, para el mantenimiento de la soberanía y protección de la población, las fronteras y los recursos naturales contra cualquier tipo de agresión, mediante acciones coordinadas, con el propósito de garantizar la convivencia pacífica de las naciones. (Política de Defensa Nacional, 2006).
La política de defensa es un instrumento de la política exterior
(Plan Nacional de Política Exterior, 2006 – 2020).
¿Qué es Seguridad? La seguridad nacional del Ecuador, es responsabilidad del Estado. El Estado garantiza la supervivencia de la colectividad, la defensa del patrimonio nacional y la consecución y mantenimiento de los objetivos nacionales. Tiene la función primordial de fortalecer la unidad nacional, asegurar la vigencia de los derechos fundamentales del hombre y promover el progreso económico, social y cultural de sus habitantes, contrarrestando los factores adversos internos y externos, por medio de previsiones y acciones políticas, económicas, sociales y militares.
(Ley de Seguridad Nacional, Nº 275 - 09/08/1979, Arts. 1 y 2)
La seguridad humana es el resultado de la paz y el desarrollo.
(Plan Ecuador, 2007)


Participación en Operaciones de Paz

Misiones en las cuales participa

Cantidad de Efectivos Militares

OM

T

MINUSTAH (Haití) - 67
UNMIL (Liberia) 3 1
UNMIM (Nepal) 1 -
UNMIS (Sudán) 20 -
UNOCI (Costa de Marfil) 2 -

OM: Observadores militares - T: Tropa.
Fuente: Elaboración propia en base a documentos del Departamento de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas (http://www.un.org/Depts/dpko/dpko/index.asp). Datos al 30 de junio de 2008.

        


Presentación de Registros a Naciones Unidas
  1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007
Gastos Militares       *   *     * * * * * * * *
Armas Convencionales     *   *   * * * * * *   *   s/d

Fuente: Elaboración propia en base a los reportes presentados ante el Registro de Armas Convencionales y al Informe Estandarizado Internacional sobre Gastos Militares, de las Naciones Unidas. La publicación de los datos del Registro de Armas Convencionales correspondientes a 2007, es esperada para agosto de 2008.


Facultades Constitucionales del Congreso

En relación a la Guerra y la Paz - ¿Puede declarar la guerra?: No
- ¿Se requiere su autorización para declarar la guerra?: Sí (1)
- ¿Puede celebrar la paz?: No
- ¿Se requiere su autorización para celebrar la paz?: Sí
- ¿Se requiere su autorización para el ingreso de tropas extranjeras?: N/R
- ¿Se requiere su autorización para el egreso de tropas nacionales?: N/R
En relación al Control - ¿Se requiere su aprobación para el nombramiento de oficiales superiores de las Fuerzas Armadas?: No
- ¿Pueden acusar a oficiales de las Fuerzas Armadas?: No
- ¿Puede juzgar funcionarios?: Sí
- ¿Participa en la elección de funcionarios de instituciones de control externo?: Sí
- ¿Puede introducir modificaciones en el presupuesto nacional?: Sí
Estados de Excepción Denominación: Estado de emergencia
Causa: Inminente agresión externa, guerra internacional, grave conmoción interna, catástrofes naturales.
Participación del Poder Legislativo: El Congreso puede revocar el decreto de estado de emergencia

(1) El Presidente declara el estado de emergencia en caso de agresión externa y guerra internacional, debiendo informar al Congreso quien puede revocar el decreto.
N/R: No hay referencia
1. Cuando en el texto constitucional no hay mención acerca de si el Poder Legislativo tiene la facultad de emitir leyes sobre las fuerzas armadas, se entiende que no tiene restricción de iniciativa de ley en la materia.
2. Se ha considerado "SÍ" para los casos que se prevé un proceso similar a funcionarios de gobierno.

Fuente: Elaboración propia en base a Constitución. A agosto de 2008, un proceso de Asamblea Constituyente se encuentra en desarrollo.


Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por la Asamblea Constituyente.


Organización del Sistema

Funciones Nivel Poderes del Estado El Presidente de la República es la máxima autoridad de la Fuerza Pública, ejerce la conducción política de la seguridad y defensa nacional y protocoliza los decretos y políticas en este campo. A tal fin, cuenta con el asesoramiento del Consejo de Seguridad Nacional, el cuál preside, y del Frente Militar.
El Consejo de Seguridad Nacional (COSENA) es el organismo superior responsable de la defensa nacional, encargado de emitir el concepto estratégico de seguridad nacional, que constituye el instrumento imprescindible para iniciar el proceso de planificación y toma de decisiones de la defensa y vela por el cumplimiento de las políticas de defensa y de los planes estratégicos elaborados por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, sometidos a su consideración por el Ministro de Defensa Nacional. El COSENA constituye el más alto organismo de control y gestión de crisis. La Presidencia del Consejo de Seguridad Nacional la ejerce el Presidente de la República; organismo que está integrado por los Presidentes del Congreso Nacional y de la Corte Suprema de Justicia; los ministros encargados de la Defensa Nacional, de Gobierno y Policía, de las Relaciones Exteriores y, de Economía y Finanzas; el Jefe del Comando Conjunto; y, los jefes de las tres Ramas de las Fuerzas Armadas.
El Congreso Nacional ejerce las facultades conferidas por la Constitución de la República y sigue en forma permanente las cuestiones vinculadas a la defensa a través de la Comisión pertinente
Nivel Ministerial El Ministerio de Defensa Nacional, es el órgano político, estratégico y administrativo de la defensa nacional.
El Ministro Coordinador de la Seguridad Interna y Externa concerta las políticas y las acciones, que en seguridad interna y externa adopten las siguientes instituciones: Ministerio de Gobierno y Policía, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Defensa, y Secretaria General de la Administración Pública.
Nivel Militar El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es el máximo órgano de planificación, preparación y conducción estratégica de las operaciones militares y de asesoramiento sobre las políticas militares, de guerra y defensa nacional. Lo integran el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y los comandantes generales de la Fuerza Terrestre, Fuerza Naval y Fuerza Aérea. El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, será designado por el Presidente de la República, de entre los tres oficiales Generales de mayor antigüedad de las Fuerzas Armadas. Las Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea, son las Ramas de las Fuerzas Armadas y constituyen los órganos operativos principales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Los Comandos Generales de Fuerza son los máximos órganos del mando operativo y administrativo de cada una de las Ramas de las Fuerzas Armadas, a través de los cuales los Comandantes Generales de Fuerza ejercen sus funciones.

[Vea el organigrama]

Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución Política, Ley de Seguridad Nacional (Nº 275 - 09/08/1979), Ley Orgánica de la Defensa Nacional (Nº 74 - 19/01/2007), Decreto Nº 117-A (15/02/2007).


El Ministerio de Defensa

Funciones - Administrar las Fuerzas Armadas de conformidad a las políticas y directivas impartidas por el Presidente de la República.
- Dirigir la política de defensa nacional.
- Emitir las políticas para la planificación estratégica institucional.
- Coordinar y apoyar la política de seguridad del Estado.
- Elaborar la directiva de defensa militar.
- Expedir las normas, acuerdos, reglamentos internos de gestión de aplicación general en las tres Ramas de las Fuerzas Armadas, así como los reglamentos internos de gestión de cada Fuerza.
- Elaborar y presentar a consideración del Presidente de la República, los proyectos de convenios, resoluciones, acuerdos, decretos y leyes que tengan como propósito permitir a las Fuerzas Armadas el mejor cumplimiento de su misión constitucional.
- Planificar y coordinar con los organismos competentes del Estado, la participación de las Fuerzas Armadas en el desarrollo social y económico del país.
- Conocer y resolver sobre las proformas presupuestarias presentadas por el Ministerio de Defensa Nacional, Comando Conjunto, Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea y sus entidades adscritas o dependientes, aplicables al presupuesto general del Estado; y, darles el trámite correspondiente.
- Someter a la aprobación del Presidente de la República el Reglamento Orgánico de las Fuerzas Armadas.
- Conocer y resolver las impugnaciones o reclamos sobre las resoluciones del Consejo Supremo de Fuerzas Armadas.
- Presentar al Presidente de la República y demás autoridades competentes los informes técnicos emitidos por los diferentes organismos de las Fuerzas Armadas.
- Garantizar el respeto a los derechos humanos por parte de los miembros de las Fuerzas Armadas en el cumplimiento de su deber.
Año de creación 1935
Ministro actual (agosto 2008) Javier Ponce Cevallos
¿Pueden los militares ser Ministros de Defensa? Sí (si están retirados)
Cantidad de militares que fueron Ministros de Defensa 34
Cantidad de civiles que fueron Ministros de Defensa 20
¿Hubo mujeres a cargo del Ministerio de Defensa? Sí (Guadalupe Larriva 2007 y Lorena Escudero 2007)

Permanencia promedio en el cargo de los Ministros de Defensa

1 año y 4 meses

[No se considera la gestión actual. El año de creación corresponde a la fecha en que el término “Defensa” pasa a formar parte del nombre de la institución]

Fuente: Elaboración propia en base a la Ley Orgánica de la Defensa Nacional (Nº 74 - 19/01/2007) e información suministrada por el Ministerio de Defensa.

[Vea el organigrama]


Fuente: Ministerio de Defensa.



Educación para la Defensa

Principales Cursos de Especialización en el Área

Curso
Institución
- Magíster en Seguridad y Desarrollo con mención en Gestión Pública y Gerencia* Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN)

* Durante 2008, en proceso de revisión.

Fuente: Elaboración propia en base a información suministrada por la institución mencionada.



Carrera Militar

FUERZA TERRESTRE

FUERZA NAVAL

FUERZA AEREA

Escuela Superior Militar
Duración: 4 años
Título de egreso: Licenciatura en Ciencias Militares
Grado de egreso: Subteniente
Escuela Superior Naval
Duración: 4 años
Título de egreso: Licenciatura en Ciencias Navales
Grado de egreso: Alférez Fragata
Escuela Militar de Aviación
Duración: 4 años
Título de egreso: Licenciatura en Ciencias Aeronáuticas Militares
Grado de egreso: Subteniente
Escuelas de Formación Intermedia
Escuelas de Formación Intermedia
Escuelas de Formación Intermedia
Teniente
Teniente de Fragata
Teniente
Capitán
Teniente de Navio
Capitán
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Estado Mayor
Academia de Guerra de la Fuerza Terrestre
Mayor
Teniente Coronel
Coronel
General de Brigada
General de División
General del Ejército
Academia de Guerra Naval
Capitán de Corbeta
Capitán de Fragata
Capitán de Navío
Contralmirante
Vicealmirante
Almirante
Academia de Guerra Aérea
Mayor
Teniente Coronel
Coronel
General de Brigada
Teniente General
General del Aire
Ingreso a la Escuela Superior Militar - 2007 -(1)
Aspirantes: 1.545
Ingresantes: 166
Ingresó 1 de cada 9 aspirantes.
Ingreso a la Escuela Superior Naval - 2007 -(1)
Aspirantes: 523
Ingresantes: 111
Ingresó 1 de cada 5 aspirantes.
Ingreso a la Escuela Militar de Aviación - 2007 -(1)
Aspirantes: 522
Ingresantes: 60
Ingresó 1 de cada 9 aspirantes.

(1) A agosto de 2008, el proceso de admisión 2008 se encontraba en su etapa final. Se presentaron 1020 aspirantes a la Escuela Superior Militar, 582 aspirantes a la Escuela Superior Naval y 415 aspirantes a la Escuela Militar de Aviación.

Fuente: Elaboración propia basada por la información subministrada por las instituciones mencionadas. Ingreso a la Academia: Fuerzas y Escuela Superior Naval.

Las Fuerzas Armadas

Misión General

Las Fuerzas Armadas tendrán como misión fundamental la conservación de la soberanía nacional, la defensa de la integridad e independencia del Estado y la garantía de su ordenamiento jurídico.
(Constitución Política, Art. 183)
Las Fuerzas Armadas, como parte de la fuerza pública, tienen la siguiente misión: conservar la soberanía nacional; defender la integridad, la unidad e independencia del Estado; y garantizar el ordenamiento jurídico y democrático del estado social de derecho. Además, colaborar con el desarrollo social y económico del país; podrán participar en actividades económicas relacionadas exclusivamente con la defensa nacional; e, intervenir en los demás aspectos concernientes a la seguridad nacional, de acuerdo con la ley.
(Ley Orgánica de la Defensa Nacional, Nº 74 - 19/01/2007, Art. 2)

Misiones Particulares

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

Organizar, entrenar, equipar y mantener el poder militar terrestre, así como participar en los procesos que garanticen la defensa nacional y su desarrollo institucional.

Fuerza Terrestre
Oficiales: 2.613
Tropa: 21.522
TOTAL: 24.135
Organizar, entrenar, equipar y mantener el poder naval, así como participar en los procesos que garanticen la seguridad de la nación y propendan a su desarrollo, con la finalidad de contribuir a la consecución y mantenimiento de los objetivos nacionales, de acuerdo a la planificación prevista para tiempos de paz, conflicto y de guerra.

Fuerza Naval
Oficiales: 968
Tropa: 6.290
TOTAL: 7.258
Mantener el control del espacio aéreo y garantizar con las otras ramas de las Fuerzas Armadas, la soberanía e integridad del Estado Ecuatoriano y apoyar al desarrollo socio-económico del país, principalmente en el ámbito aeronáutico.

Fuerza Aérea
Oficiales: 791
Tropa: 5.264
TOTAL: 6.055

Total de fuerzas: 37.448


Fuente: Política de Defensa Nacional (2006) (misiones) y Dirección de Personal de cada una de las Fuerzas. En el sistema ecuatoriano la denominación Tropa incluye desde el grado de Soldado hasta el grado de Suboficial Mayor.


La mujer en las Fuerzas Armadas

 

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

Año de ingreso (oficiales)

Cuerpo Profesional

1956

1977

2000

Cuerpo Comando

2003

2003

2007

Grados que alcanzan

Todos los Grados

Todos los Grados

Todos los Grados

Por “cuerpo comando” se considera a aquellos militares formados para cumplir misiones relativas al combate y que tienen capacidad de mando.
Por “cuerpo profesional” se considera a aquellos militares que se forman o se incorporan a las fuerzas, para brindar servicios de apoyo técnicos y/o profesionales.

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las instituciones mencionadas.


Fuente: Dirección de Comunicación Social de la Fuerza Terrestre. El país en donde el agregado reside es considerado aquí como la sede, más allá de que pueda estar acreditado en uno o más países.