El Marco Legal

La Legislación Nacional
Sistemas y Conceptos Organización Militar
- Ley de Defensa Nacional y de Seguridad Interna (Nº 1.337 - 14/04/1999) - Ley del Servicio Militar Obligatorio (Nº 569 - 24/12/1975. Última Reforma: Ley Nº 2.440 - 02/09/2004)
- Ley Orgánica de los Tribunales Militares (Nº 840 – 19/12/1980)
- Código Penal Militar (Ley Nº 843 - 19/12/1980)
- Código de Procedimiento Penal Militar en Tiempo de Paz y de Guerra (Ley Nº 844 – 19/12/1980)
- Ley de Organización General de las Fuerzas Armadas de la Nación (Nº 74 - 20/11/1991. Última Reforma: Ley Nº 244 - 21/12/1993)
- Ley del Estatuto del Personal Militar (Nº 1.115 - 27/08/1997)

Fuente: Elaboración propia en base a la legislación mencionada. Para las disposiciones constitucionales ver Capítulo 1.

Militares y Participación Política


Retirados

En actividad

Posibilidad de Voto
Presentación de Candidaturas NO

Fuente: Constitución.


Tratados Internacionales

Sobre Seguridad Hemisférica - Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR):
Firma: 02/09/1947
Depósito: 28/07/1948
- Tratado Americano de Soluciones Pacificas (Pacto de Bogotá):
Firma: 30/04/1948
Depósito: 27/07/1967
Sobre Armamento -Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco):
Firma: 26/04/1967
Depósito: 19/03/1969
-Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares:
Firma: 01/07/1968
Depósito: 04/02/1970
- Convención para la prohibición de Armas Químicas:
Firma: 14/01/1993
Depósito: 01/12/1994
- Convención sobre la Prohibición de Minas Antipersonales (Convención de Ottawa):
Firma: 03/12/1997
Depósito: 13/11/1998
- Convención sobre el Desarrollo, Producción, y Acumulación de Armas Tóxicas y Bacteriológicas y su Destrucción:
Adhesión: 09/06/1976
- Convención sobre la Prohibición o Restricción del Uso de Ciertas Armas Convencionales con Excesivos Daños o Efectos Indiscriminados:
Adhesión: 22/09/2004
- Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados:
Firma: 14/11/1997
Depósito: 04/04/2001
- Convención Interamericana sobre Transparencia en las Adquisiciones de Armas Convencionales:
Firma: 07/06/1999
Depósito: 22/10/2002
- Tratado de Ensayos Nucleares (CTBT):
Firma: 25/09/1996
Depósito: 04/10/2001
Sobre Derechos Humanos y Justicia - Convención Interamericana sobre Derechos Humanos (Pacto San José de Costa Rica):
Firma: 22/11/1969
Depósito: 24/08/1989
- Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas:
Firma: 08/11/1995
Depósito: 26/11/1996
- Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura:
Firma: 25/10/1989
Depósito: 09/03/1990
- Corte Penal Internacional:
Firma: 07/10/1998
Depósito: 14/05/2001
- Obligatoriedad ante la Corte Internacional de Justicia:
Depósito: 25/09/1996
Sobre el Sistema Hemisférico -Carta de la Organización de los Estados Americanos:
Firma: 30/04/1948
Depósito: 03/05/1950

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las páginas web de la Oficina de Derecho Internacional de la OEA y Oficina de Asuntos Legales de la ONU.

El Presupuesto

Presupuesto del Estado 2008 Moneda local 27.917.808.838.589
US$ 5.097.997.863
PBI 2008 (en US$) 12.076.000.000
Presupuesto de Defensa 2008 Moneda local 821.138.268.868
US$ 149.945.906
% del PBI 1,24
% del presupuesto del Estado 2,94


Presupuesto de Defensa 2008 (en Moneda Local)

Entidades Servicios Personales Servicios No Personales Bienes de Consumo e Insumos Otros* TOTAL
Ministerio de Defensa Nacional          
Administración General 9.294.977.830 2.518.079.637 3.602.659.527 21.228.440.778 36.644.157.772
Comando en Jefe 27.897.927.418 6.919.521.579 7.333.979.448 22.532.193.560 64.683.622.005
Fuerzas Terrestres 285.183.274.318 1.712.196.684 31.228.658.065 3.164.338.260 321.288.467.327
Fuerza Aérea 49.898.936.991 934.393.402 10.027.701.007 6.387.919.254 67.248.950.654
Armada 74.907.326.119 1.283.031.164 8.235.025.506 2.490.079.758 86.915.462.547
Caja de Préstamos del Minis. de Defensa Nacional** 250.577.952 21.600.000 6.000.000 1.721.822.048 2.000.000.000
Presidencia          
Consejo de Defensa 236.759.782 6.609.375 2.088.391 0 245.457.548
Gabinete Militar 1.563.141.700 147.090.690 1.062.411.384 0 2.772.643.774
Ministerio de Hacienda 0 0 0 239.339.507.241 239.339.507.241
Jubilaciones y Pensiones Fuerzas Armadas          
TOTAL 449.232.922.110 13.542.522.531 61.498.523.328 296.864.300.899 821.138.268.868

* Incluye Inversión Física, Bienes de Cambio, Inversión Financiera y Otros Gastos.
** Entidad descentralizada.

Fuente: Elaboración propia en base a la Ley de Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2008. Se considera aquí el Presupuesto del Estado, lo que el Congreso aprobó en la ley antecitada.
PBI 2008: Proyección del World Economic Outlook Database, FMI. Se ha tomado esta fuente con fines comparativos. Cada país elabora el presupuesto en base a su propia estimación de PBI.
El valor del dólar tomado corresponde al tipo de cambio según el World Economic Outlook Database, FMI. El promedio de la tasa de cambio, en base a los datos del Banco Central de Paraguay, es de 5.019,75 Guaraníes. Se proveen las cifras en moneda nacional para otros eventuales cálculos.
Las expresiones vertidas en negrita (tabla) identifican las diferentes partidas relacionadas con defensa que pueden encontrarse en una clasificación sectorial o institucional en la ley de presupuesto.

Las Definiciones Políticas

Conceptos
¿Qué es Defensa? La defensa nacional es el sistema de políticas, procedimientos y acciones desarrollados exclusivamente por el Estado para enfrentar cualquier forma de agresión externa que ponga en peligro la soberanía, la independencia y la integridad territorial de la República, o el ordenamiento constitucional democrático vigente.
(Ley de Defensa Nacional y de Seguridad Interna - Nº 1.337 - 14/04/1999, Art. 2)
¿Qué es Seguridad? Se entenderá por seguridad interna la situación de hecho en la cual el orden público está resguardado, así como la vida, la libertad y los derechos de las personas y entidades y sus bienes, en un marco de plena vigencia de las instituciones establecidas en la Constitución Nacional.
(Ley de Defensa Nacional y de Seguridad Interna - Nº 1.337 - 14/04/1999, Art. 37)


Participación en Operaciones de Paz

Misiones en las cuales participa

Cantidad de Efectivos Militares

OM

T

MINUSTAH (Haití) - 31
MONUC (República Democrática del Congo) 17 -
UNAMA (Afganistán) 1 -
UNMEE (Etiopía y Eritrea) 1 -
UNMIL (Liberia) 4 -
UNMIN (Nepal) 5 -
UNMIS (Sudán) 7 -
UNOCI (Costa del Marfil) 8 2

OM: Observadores militares - T: Tropa
Fuente: Elaboración propia en base a documentos del Departamento de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas (http://www.un.org/Depts/dpko/dpko/index.asp). Datos al 30 de junio de 2008.

        


Presentación de Registros a Naciones Unidas
  1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007
Gastos Militares       *       *       *     * *
Armas Convencionales * * *   * *   * * * * * * * * s/d

Fuente: Elaboración propia en base a los reportes presentados ante el Registro de Armas Convencionales y al Registro de Gasto Militar de la ONU. No se encuentran datos disponibles en la página web de Naciones Unidas sobre la presentación de reportes sobre armas para el año 2006.



Facultades Constitucionales del Congreso

En relación a la Guerra y la Paz - ¿Puede declarar la guerra?: No
- ¿Se requiere su autorización para declarar la guerra?: Sí
- ¿Puede celebrar la paz?: No
- ¿Se requiere su autorización para celebrar la paz?: Sí
- ¿Se requiere su autorización para el ingreso de tropas extranjeras?: Sí
- ¿Se requiere su autorización para el egreso de tropas nacionales?: Sí
En relación al Control - ¿Se requiere su aprobación para el nombramiento de oficiales superiores de las Fuerzas Armadas?: Sí (1)
- ¿Pueden acusar a oficiales de las Fuerzas Armadas?: No
- ¿Puede juzgar funcionarios?: Sí
- ¿Participa en la elección de funcionarios de instituciones de control externo?: Sí
- ¿Puede introducir modificaciones en el presupuesto nacional? Sí
Estados de Excepción Denominación: Estado de excepción.
Causa: Conflicto armado o grave conmoción interior que ponga en inminente peligro la Constitución o el funcionamiento de los órganos creados por ella.
Participación del Poder Legislativo: Puede ser declarado por el Poder Ejecutivo o por el Congreso. Si es declarado por el Poder Ejecutivo requiere aprobación del Congreso.

Denominación: Estado de defensa.
Causa: Agresión externa.
Participación del Poder Legislativo: Requiere aprobación del Congreso
(1) Corresponde al Senado.

Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución.

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por el Poder Legislativo.


Organización del Sistema

Funciones Nivel Poderes del Estado El Presidente de la República es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas. Puede delegar el mando efectivo de las mismas en un Oficial General (el Comandante de las Fuerzas Militares).
El Consejo de Defensa Nacional será el órgano asesor y consultivo del Presidente de la República en materia de defensa nacional. Sus miembros son: el Presidente de la República (quien lo presidirá), el Ministro de Defensa Nacional, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro del Interior, el Oficial General que ejerza el cargo más elevado dentro de las Fuerzas Armadas, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, el funcionario a cargo del organismo de inteligencia del Estado y el Secretario Permanente del Consejo de Defensa Nacional. El Congreso de la Nación ejerce las facultades conferidas por la Constitución Nacional y sigue en forma permanente las cuestiones vinculadas a la defensa a través de las comisiones específicas de cada cámara.
Nivel Ministerial El Ministro de Defensa asiste al Presidente en todo lo relativo a la defensa nacional y a la conducción política y administrativa de las Fuerzas Armadas.
Nivel Militar El Comandante de las Fuerzas Militares ejerce el mando efectivo de las Fuerzas Armadas por delegación del Comandante en Jefe.
El Estado Mayor Conjunto es el órgano de planificación, asesoramiento y coordinación del Comando de las Fuerzas Militares.
Los Comandantes en Jefe del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, son responsables de la preparación, organización, mantenimiento y equipamiento de la fuerza correspondiente.

[Vea el organigrama]

Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución, Ley de Defensa Nacional y de Seguridad Interna (Nº 1.337 - 14/04/1999) y Ley de Organización General de las Fuerzas Armadas de la Nación (Nº 74 - 20/11/1991).


El Ministerio de Defensa Nacional

Funciones particulares - Asiste al Presidente en todo lo relativo a la defensa nacional y a la conducción política y administrativa de las Fuerzas Armadas de la Nación.
- Elabora propuestas para la formulación de la política de defensa nacional.
- Propone lineamientos básicos para la formulación de la política militar.
- Propone el diseño de la inteligencia estratégica.
- Dirige las relaciones con las Fuerzas Armadas.
- Propone al Poder Ejecutivo la normativa general para las Fuerzas Armadas.
- Realiza estudios y participa en la elaboración, propuesta y ejecución de los planes de defensa nacional - Participa en la planificación y coordinación de la seguridad de las obras de infraestructura de interés estratégico nacional.
- Propone políticas de asistencia a los veteranos de la Guerra del Chaco.
- Interviene en los acuerdos de carácter internacional, que hacen relación a la política de defensa, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Año de creación 1943
Ministro actual La administración cambia el 15 de agosto de 2008. Se ha designado a Luis Bareiro Spaini.
¿Pueden los militares ser Ministros de Defensa? Sí (si están retirados)
Cantidad de militares que fueron Ministros de Defensa 17
Cantidad de civiles que fueron Ministros de Defensa 5
¿Hubo mujeres a cargo del Ministerio de Defensa? No

Permanencia promedio en el cargo de los Ministros de Defensa

3 años

[No se considera la gestión actual. El año de creación corresponde a la fecha en que el término “Defensa” pasa a formar parte del nombre de la institución]


[Vea el organigrama]


Fuente: Elaboración propia en base a la Estructura Orgánica y Funcional del Ministerio de Defensa Nacional (Decreto Nº 4.794 - 24/01/2005) y información suministrada por el Ministerio de Defensa Nacional.


Educación para la Defensa

Principales Cursos de Especialización en el Área

Curso Institución
- Maestría en Planificación y Conducción Estratégica Instituto de Altos Estudios Estratégicos
- Doctorado en Desarrollo y Defensa Nacional
- Magíster en Seguridad y Defensa Nacional
Universidad Metropolitana de Asunción

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las instituciones mencionadas.


Carrera Militar

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

Academia Militar
Duración: 4 años
Título de egreso: Licenciatura en Ciencias Militares
Grado de egreso: Subteniente
Academia Militar
Duración: 4 años
Título de egreso: Licenciatura en Ciencias Militares
Grado de egreso: Guardiamarina
Academia Militar
Duración: 4 años
Título de egreso: Licenciatura en Ciencias Militares
Grado de egreso: Subteniente
Escuelas de formación intermedia
Escuelas de formación intermedia
Escuelas de formación intermedia
Alférez
Teniente de Corbeta
Alférez
Teniente
Teniente de Fragata
Teniente
Teniente Primero
Teniente de Navío
Teniente Primero
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército
Capitán
Mayor
Teniente Coronel
Coronel
General de Brigada
General de División
General del Ejército
Escuela de Comando y Estado Mayor de la Armada Nacional
Capitán de Corbeta
Capitán de Fragata
Capitán de Navío
Contralmirante
Vicealmirante
Almirante
Escuela de Comando y Estado Mayor de la Fuerza Aérea
Capitán
Mayor
Teniente Coronel
Coronel
General de Brigada
General de División
General de Aire
Ingreso a la Academia Militar - 2008 -
Aspirantes: 379
Ingresantes: 101
Ingresó 1 de cada 4 aspirantes

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las instituciones mencionadas. Ingreso a la academia: Ministerio de Defensa Nacional.

Las Fuerzas Armadas

Misión General

La misión de las Fuerzas Armadas es la de custodiar la integridad territorial y defender a las autoridades legítimamente constituidas.
(Constitución, Art. 173)
Las Fuerzas Armadas de la Nación, para cumplir con sus finalidades, deben: mantener la inviolabilidad de las fronteras terrestres, de las fluviales y del espacio aéreo; organizar, equipar y adiestrar fuerzas para hacer frente a cualquier agresión; organizar, encuadrar y administrar reservas; cooperar en la defensa civil; y cooperar en el restablecimiento del orden interno cuando así lo disponga el Presidente de la República, por decreto fundado.
(Ley de Organización General de las Fuerzas Armadas de la Nación, Nº 74/91 - 20/11/1991, Art. 4)

Misiones Particulares

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

El Ejército es una fuerza terrestre que realiza operaciones estratégicas, planea, prepara y conduce operaciones de sus unidades orgánicas y de aquellas bajo su control, a las que apoya en el cumplimiento de sus misiones específicas.

Fuerza Terrestre
Oficiales: 1.749
Suboficiales: 4.174
Tropa: 2.721
TOTAL: 8.644
La Armada es la Fuerza encargada de la ejecución de las misiones específicas de carácter naval.

Fuerza Naval
Oficiales: 391
Suboficiales: 1.027
Tropa: 310
TOTAL: 1.728
La Fuerza Aérea es responsable de la custodia y defensa del espacio aéreo nacional y de la ejecución de operaciones destinadas al cumplimiento de su misión.

Fuerza Aérea
Oficiales: 344
Suboficiales: 780
Tropa: 159
TOTAL: 1.283

Total de Fuerzas: 11.655


Fuente: Ley de Organización General de las Fuerzas Armadas de la Nación (Nº 74/91 - 20/11/1991) (misiones) y Ministerio de Defensa Nacional (efectivos).


La Mujer en las Fuerzas Armadas

 

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

Año de ingreso (oficiales)

Cuerpo Profesional

1970

s/d

s/d

Cuerpo Comando

2003

2003

2003

Grados que alcanzan

Todos los grados

Todos los grados

Todos los grados

Por “cuerpo comando” se considera a aquellos militares formados para cumplir misiones relativas al combate y que tienen capacidad de mando.
Por “cuerpo profesional” se considera a aquellos militares que se forman o se incorporan a las Fuerzas, para brindar servicios de apoyo técnicos y/o profesionales.
s/d: Sin datos disponibles.

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las instituciones mencionadas.


Fuente: Información suministrada por el Ministerio de Defensa Nacional. El país en donde el agregado reside, es considerado aquí como la sede, más allá de que pueda estar acreditado en uno o más países.