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El Marco Legal |
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La Legislación Nacional | Sistemas y Conceptos | Organización Militar | - Decreto-Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (Nº 14.157 - 21/02/74; modificado por la Ley 15.808 - 07/04/1986) |
- Códigos Militares (Decreto Ley nª 13.326 - 28/01/1943) - Ley Orgánica de la Marina (Nº 10.808 - 08/11/1946) - Ley de Seguridad del Estado y el Orden Interno (Nº 14.068 - 12/07/1972) - Ley Orgánica de la Fuerza Aérea (Nº 14.747 - 30/12/1977) - Ley Orgánica del Ejército Nacional (Nº 15.688 - 17/01/1985) |
Fuente: Elaboración propia en base a la legislación mencionada, utilizando una categorización inclusiva. Para las disposiciones constitucionales ver Capítulo 1.
Militares y Participación Política |
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Retirados |
En actividad |
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Posibilidad de Voto | SÍ | SÍ |
Presentación de Candidaturas | SÍ(1) | NO(2) |
(1) La Constitución Nacional en su Art. 77, inc.4, establece que sólo el militar en actividad tiene prohibido el ejercicio
de actividades políticas.
(2) El Art. 91 de la Constitución Nacional, en su numeral 2, establece que "los militares que renuncien al destino
y sueldo para ingresar al cuerpo legislativo, conservarán el grado, pero mientras duren en sus funciones legislativas,
no podrán ser ascendidos. Estarán exentos de toda subordinación militar y no se contará el tiempo que
permanezcan desempeñando funciones legislativas a los efectos de la antigüedad para el ascenso." Por su parte
el Decreto-Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nº 14.157, en su Artículo 98, dice que "Pasará a situación de
suspensión del Estado Militar (...) el militar electo para un cargo político (...)"
Fuente: Constitución y Decreto Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (Nº 14.157 - 05/03/1974; modificado por la Ley Nº 15.808 - 07/04/1986).
Fuente: Ela bo ra ción pro pia en base a la información suministrada por las páginas web de la Oficina de Derecho Internacional de la OEA y Oficina de Asuntos Legales de la ONU.
El Presupuesto |
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Presupuesto del Estado 2008 | Moneda local | 98.505.352.000 |
US$ | 4.331.809.675 | |
PBI 2008 (en US$) | 26.607.000.000 | |
Presupuesto de Defensa 2008 | Moneda local | 7.205.035.000 |
US$ | 316.844.107 | |
% del PBI | 1,19 | |
% del presupuesto del Estado | 7,31 |
Presupuesto de Defensa 2008 (en moneda local) |
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Incisos | Funcionamiento | Inversión | TOTAL | ||
Ministerio de Defensa Nacional | |||||
Administración Central del Ministerio* | 464.807.000 | 6.062.000 | 470.869.000 | ||
Ejército Nacional | 2.134.499.000/TD> | 40.282.000 | 2.174.781.000 | ||
Armada Nacional | 978.096.000 | 110.987.000 | 1.089.083.000 | ||
Fuerza Aérea Uruguaya | 589.306.000 | 97.887.000 | 687.193.000 | ||
Administración y Control Aviatorio y Aeroportuario | 306.298.000 | 100.060.000 | 406.358.000 | ||
Salud Militar | 578.727.000 | 26.152.000 | 604.879.000 | ||
Seguridad Social Militar | 5.727.000 | 4.150.000 | 9.877.000 | ||
Investigaciones y Estudios Meteorológicos | 45.264.000 | 442.000 | 45.706.000 | ||
Reducción de Cometidos No Prioritarios | 177.000 | 0 | 177.000 | ||
Reducción de Cometidos No Prioritarios | 185.000 | 0 | 185.000 | ||
Transferencias Financieras al Sector Seguridad Social | |||||
Asistencia Financiera a la Caja Militar | 1.715.927.000 | 0 | 1.715.927.000 | ||
TOTAL | 6.819.013.000 | 386.022.000 | 7.205.035.000 |
* La Ley Nº 18.172 de modificaciones presupuestales, establece un costo incremental de $21.737.000 para gastos de funcionamiento del Ministerio de Defensa.
Esta suma es considerada en el cuadro, dentro del programa de Administración Central.
Fuente: Elaboración propia en base a la Ley de Presupuesto Nacional, Período de Gobierno 2005-2009 y Ley de Modificaciones Presupuestales, Período de
Gobierno 2008-2009. Se considera aquí el Presupuesto del Estado, lo que el Congreso aprobó en la ley antecitada.
PBI 2008: Proyección del World Economic Outlook Database, FMI. Se ha tomado esta fuente con fines comparativos. Cada país elabora el presupuesto en base a su propia
estimación de PBI.
El valor del dólar tomado corresponde al tipo de cambio según el World Economic Outlook Database, FMI. El promedio de la tasa de cambio vendedor, en base a los datos
del Banco Central del Uruguay, es de 23,47 Pesos. Se proveen las cifras en moneda nacional para otros eventuales cálculos.
Las expresiones vertidas en negrita (tabla) identifican las diferentes partidas relacionadas con defensa que pueden encontrarse en una clasificación sectorial o institucional
en la ley de presupuesto.
Las Definiciones Políticas |
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Conceptos | |
¿Qué es Defensa? |
La defensa nacional es uno de los medios para lograr la seguridad nacional y
consiste en el conjunto de órganos, leyes y reglamentaciones que con ese fin
el Poder Ejecutivo acciona a través de los mandos militares, para anular, neutralizar
o rechazar a los agentes capaces de vulnerar dicha seguridad. (Decreto-Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, Nº 14.157 - 05/03/1974; modificado por la Ley Nº15.808 - 07/04/1986, Art. 5) |
¿Qué es Seguridad? |
Seguridad nacional es el estado según el cual, el patrimonio nacional en todas
sus formas y el proceso de desarrollo hacia los objetivos nacionales, se encuentran
a cubierto de interferencias o agresiones, internas y externas. (Decreto-Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, Nº 14.157 - 05/03/1974; modificado por la Ley Nº15.808 - 07/04/1986, Art. 4) |
Participación en Operaciones de Paz |
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Misiones en las cuales participa |
Cantidad de efectivos |
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OM |
T |
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MINURSO (Sahara Occidental) | 6 | - | |
MINUSTAH (Haití) | - | 1.171 | |
MONUC (República Democrática del Congo) | 46 | 1.323 | |
UNAMA (Afganistán) | 1 | - | |
UNEMEE (Etiopía y Eritrea) | 2 | 36 | |
UNMIN (Nepal) | 3 | - | |
UNMOGIP (India y Pakistán) | 2 | - | |
UNOCI (Costa de Marfil) | 2 | - | |
UNOMIG (Georgia) | 3 | - |
OM: Observadores militares - T: Tropa
Fuente: Elaboración propia en base a documentos del Departamento de Operaciones de
Paz de las Naciones Unidas (http://www.un.org/Depts/dpko/dpko/index.asp). Datos al 30
de junio de 2008.
1992 | 1993 | 1994 | 1995 | 1996 | 1997 | 1998 | 1999 | 2000 | 2001 | 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007 | |
Gastos Militares | * | * | * | * | ||||||||||||
Armas Convencionales | * | * | * | * | * | s/d |
Fuente: EElaboración propia en base a los reportes presentados ante el Registro de Armas Convencionales y al Informe Estandarizado Internacional sobre Gastos Militares, de las Naciones Unidas. La publicación de los datos del Registro de Armas Convencionales correspondientes a 2007, es esperada para agosto de 2008.
Facultades Constitucionales del Congreso |
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En relación a la Guerra y la Paz |
- ¿Puede declarar la guerra?: SÍ - ¿Se requiere su autorización para declarar la guerra?: SÍ - ¿Puede celebrar la paz?: NO - ¿Se requiere su autorización para celebrar la paz?: SÍ - ¿Se requiere su autorización para el ingreso de tropas extranjeras?: SÍ - ¿Se requiere su autorización para el egreso de tropas nacionales?: SÍ |
En relación al Control |
- ¿Se requiere su aprobación para el nombramiento
de oficiales superiores de las Fuerzas Armadas.?: SÍ(1) - ¿Puede acusar a oficiales de las Fuerzas Armadas?: NO - ¿Puede juzgar funcionarios?: SÍ(2) - ¿Participa en la elección de funcionarios de instituciones de control externo?: NO - ¿Puede introducir modificaciones en el presupuesto nacional?: SÍ |
Estados de Excepción |
Denominación: Medidas prontas de seguridad
Causa: Ataque exterior. Conmoción interior. Participación del Poder Legislativo: Requiere resolución de la Asamblea General. |
(1) Corresponde al Senado.
(2) Corresponde a la Cámara de Representantes.
Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución.
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Fuente: Elaboración propia en base a la información que suministran las páginas web del Poder Legislativo.
Organización del Sistema |
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Funciones | Nivel Poderes del Estado | Al Presidente de la República, actuando con el Ministro de Defensa Nacional o en Consejo de Ministros, le compete el Mando Superior de las Fuerzas Armadas. |
Nivel Ministerial | El Ministerio de Defensa Nacional es el órgano político-administrativo que integra el Mando Superior de las Fuerzas Armadas, y que está encargado de instrumentar las decisiones a través de su organización administrativa. Está integrado por los siguientes órganos: de Gobierno y Administración (Secretaría de Estado); de Asesoramiento, Planificación y Ejecución Conjunta (Junta de Comandantes en Jefe, de la que depende entre otros el Estado Mayor Conjunto); de Ejecución (las Fuerzas), y otros dependientes directamente del Ministerio tales como la justicia penal militar. Le compete lo concerniente a la política de defensa nacional, la seguridad en lo exterior, lo que se relaciona con la defensa nacional en materias atribuidas a otros Ministerios y, la organización, dirección y administración de las Fuerzas Armadas. | |
Nivel Militar | Los Comandantes en Jefe ejercen el gobierno y administración de sus respectivas Fuerzas. Además, proponen y asesoran al Mando Superior sobre las medidas tendientes a mejorar la estructuración y empleo de las instituciones militares. |
El Ministerio de Defensa |
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Misión | Es ta ble cer la po lí ti ca de de fen sa na cio nal, la se gu ri dad en lo ex te rior y la coo pe ra ción en el man te ni mien to y res tau - ra ción del or den, se gu ri dad y tran qui li dad en lo in te rior, la or ga ni za ción, di rec ción y ad mi nis tra ción de las Fuerzas Armadas. |
Año de creación | 1935 |
Ministro actual (agosto 2008) | José Bayardi |
¿Pueden los militares ser Ministros de Defensa? | Sí (Si están retirados) |
Cantidad de militares que fueron Ministros de Defensa | 15 |
Cantidad de civiles que fueron Ministros de Defensa | 20 |
¿Hubo mujeres a cargo del Ministerio de Defensa? | Sí Azucena Berruti, 2005 - 2008 |
Permanencia promedio en el cargo de los Ministros de Defensa. |
[Vea el organigrama]
Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por el Ministerio de Defensa y el Decreto que
establece la Redistribución de las Atribuciones y Competencias de los Ministerios (Nº574/974 - 12/07/1974).
Educación para la Defensa |
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Principales cursos de Especialización en el Área |
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Curso | Institución | |
- Maestría en Estrategia Nacional - Curso de Altos Estudios Nacionales - Curso de Ejercicios Estratégicos - Curso de Investigación Científica Aplicada a la Defensa Nacional |
Centro de Altos Estudios Nacionales (CALEN) |
Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por la institución mencionada.
Carrera Militar |
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Fuerza Terrestre |
Fuerza Naval |
Fuerza Aérea |
Escuela Militar Duración: 4 años Título de egreso: Licenciatura en Ciencias Militares Grado de egreso: Alférez |
Escuela Naval Duración: 4 años Título de egreso: Licenciatura en Sistemas Navales Grado de egreso: Guardiamarina |
Escuela Militar de Aeronáutica Duración: 4 años Título de egreso: Aviador o navegante Grado de egreso: Alférez |
Escuelas de formación intermedia |
Escuelas de formación intermedia |
Escuelas de formación intermedia |
Teniente Segundo |
Alférez de Fragata |
Teniente Segundo |
Teniente Primero |
Alférez de Navío |
Teniente Primero |
Capitán |
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Capitán |
Escuela de Estado Mayor |
Escuela de Estado Mayor |
Escuela de Estado Mayor |
Instituto Militar de Estudios Superiores Mayor Teniente Coronel Coronel General General de Ejército |
Escuela de Guerra Naval Capitán de Corbeta Capitán de Fragata Capitán de Navío Contraalmirante Vicealmirante Almirante |
Escuela Comando y Estado Mayor Aéreo Mayor Teniente Coronel Coronel General Teniente General |
Ingreso a la Escuela Militar –2006- Aspirantes: 160 Ingresantes: 85 Ingresó 1 de cada 2 aspirantes |
Ingreso a la Escuela Naval –2006- Aspirantes: 76 Ingresantes: 44 Ingresó 3 de cada 5 aspirantes |
Ingreso a la Escuela Militar de Aeronáutica –2006- Aspirantes: 65 Ingresantes: 36 Ingresó 5 de cada 9 aspirantes |
Fuente: Elaboración propia en base al Decreto-Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (Nº14.157 - 05/03/1974; modificado por la ley Nº 15.808 - 07/04/1986)
información suministrada por las instituciones mencionadas y publicaciones oficiales de defensa.
Ingreso a las Academias: Ejército Nacional, Armada Nacional y Fuerza Aérea Uruguaya.
Las Fuerzas Armadas |
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Misión General |
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Las Fuerzas Armadas tienen por cometido fundamental defender el honor, la independencia y la paz de la República, la integridad
de su territorio, su Constitución y sus leyes, debiendo actuar siempre bajo el mando superior del Presidente de la República,
en acuerdo con el Ministro respectivo, de conformidad con lo que establece el artículo 168, inciso 2º, de la Constitución.
Sin detrimento de su misión fundamental, las Fuerzas Armadas deberán apoyar y tomar a su cargo los planes de desarrollo que
les fueren asignados, realizando obras de conveniencia pública y en particular desarrollando el factor militar, en función de las
exigencias o previsiones del cumplimiento de su misión fundamental. |
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Misiones Particulares |
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Fuerza Terrestre |
Fuerza Naval |
Fuerza Aérea |
Su misión fundamental consiste en contribuir a
la Seguridad Nacional exterior e interior, en el
marco de la misión de las Fuerzas Armadas,
desarrollando su capacidad en función de las
exigencias previstas. Sin detrimento de su
misión fundamental, el Ejército Nacional podrá
apoyar y tomar a su cargo planes de desarrollo
que le sean asignados realizando obras de conveniencia
pública. Fuerza Terrestre Oficiales: 1.670 Suboficiales: 1.941 Tropa: 12.623 TOTAL: 16.234 |
Tiene por misión esencial defender la integridad
territorial del Estado, su honor e independencia,
la paz, la Constitución y las leyes de la misma. Fuerza Naval Oficiales: 730 Suboficiales: 405 Tropa: 4.268 TOTAL:5.403 |
La misión fundamental de la Fuerza Aérea consiste
en dar la seguridad nacional exterior e interior,
en cooperación con los otros componentes
de las Fuerzas Armadas. Sin detrimento de su misión fundamental, la Fuerza Aérea deberá: apoyar o tomar a su cargo los planes de desarrollo que le fueron asignados, realizando obras de conveniencia pública; desarrollar su potencial en función de las exigencias o previsiones del cumplimiento de su misión fundamental y las que le sean asignadas; constituir el órgano asesor nato del Poder Ejecutivo en materia de política aeroespacial de la República; y constituir el órgano ejecutor del Poder Ejecutivo en materia de medidas de conducción, integración y desarrollo del potencial aeroespacial nacional. Fuerza Aérea Oficiales: 533 Suboficiales: 253 Tropa: 2.198 TOTAL:2.984 |
Total de fuerzas: 24.621 |
Fuente: Ley Orgánica del Ejército Nacional (Nº 15.688 - 17/01/1985); Ley Orgánica de la Marina (Nº 10.808 - 08/11/1946), y Ley Orgánica de la Fuerza Aérea (Nº 14.747 -30/12/1977) (misiones) y Ejército Nacional, Armada Nacional y Fuerza Aérea Uruguaya (efectivos).
La Mujer en las Fuerzas Armadas |
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Fuerza Terrestre |
Fuerza Naval |
Fuerza Aérea |
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Año de ingreso (oficiales) |
Cuerpo Profesional |
1996 |
1998 |
1994 |
Cuerpo Comando |
1998 |
2000 |
1997 |
|
Grados que alcanzan |
Todos los grados |
Todos los grados |
Todos los grados |
Por “cuepo comando” se considera a aquellos militares formados para cumplir misiones relativas al combate y que tienen capacidad de mando.
Por “cuerpo profesional” se considera a aquellos militares que se forman o se incorporan a las fuerzas, para brindar servicios de apoyo técnicos y/o
profesionales.
Fuente: Elaboración propia en base a información suministrada por el Ministerio de Defensa de Uruguay.
Fuente: Información suministrada por el Ejército Nacional, Armada Nacional, y Fuerza Aérea Uruguaya. El país en donde el agregado reside, es considerado aquí como la sede, más allá de que pueda estar acreditado en uno o más países.